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Consejería de Administraciones Públicas

13/10/2010
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Decreto 125/2010, de 28 de septiembre, de tercera modificación del Decreto 121/2008, de 27 de noviembre, de estructura orgánica básica de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno (BOPA de 9 de octubre de 2010). Texto completo.

DECRETO 125/2010, DE 28 DE SEPTIEMBRE, DE TERCERA MODIFICACIÓN DEL DECRETO 121/2008, DE 27 DE NOVIEMBRE, DE ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO.

Es preciso introducir en el Decreto 121/2008, de 27 de noviembre, de estructura orgánica básica de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno una modificación organizativa destinada a suprimir la configuración de la Escuela de Seguridad Pública como un órgano desconcentrado y proceder a su integración en el Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, con el fin de simplificar la estructura organizativa de la Consejería y contribuir al necesario ahorro en el gasto público.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de septiembre de 2010,

DISPONGO

Artículo único.-Tercera modificación del Decreto 121/2008, de 27 de noviembre, de estructura orgánica básica de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno.

El Decreto 121/2008, de 27 de noviembre, de estructura orgánica básica de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno se modifica en los siguientes términos:

Uno.-Se suprime el punto 3.º de la letra b) del apartado 1 del artículo 1.

Dos.-El artículo 34 queda redactado como sigue:

“1. El Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, con nivel orgánico de Dirección General, ejercerá las competencias y funciones en materia de selección y reclutamiento de personal funcionario, de carrera o interino, y laboral, fijo o temporal, así como las relativas a investigación, estudio, información, enseñanza, formación específica dirigida al personal y difusión de las materias relacionadas con la Administración Pública que le vienen atribuidas por el Decreto 65/1990, de 12 de julio. Le corresponde asimismo la coordinación en materia de formación de todo el personal del Principado de Asturias, así como la dirección de la Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias.

2. El Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada” se estructura en las siguientes unidades con nivel orgánico de Servicio:

a) Secretaría General.

b) Área de Selección.

c) Área de Formación General.

d) Área de Formación para el Personal Sanitario.

e) Área de Metodología y Didáctica.

f) Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias.

Tres.-Se suprime la rúbrica del Capítulo X “Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias”.

Cuatro.-El artículo 40 queda redactado como sigue:

“Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias.

Tiene a su cargo la formación dirigida al perfeccionamiento profesional, a la promoción y a la especialización de los miembros de los cuerpos de policía local de la comunidad autónoma y de aquellos otros colectivos que desarrollen su actividad en el ámbito de la seguridad pública”.

Disposición derogatoria única.-Derogación normativa.

Se derogan cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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