Diario del Derecho. Edición de 30/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/12/2008
 
 

Modificación de la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda

01/12/2008
Compartir: 

Decreto Foral 115/2008, de 10 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 118/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda (BON de 28 de noviembre de 2008). Texto completo. (Ref. Iustel §029497 Vínculo a legislación)

El Decreto Foral 115/2008 da nueva redacción al Capítulo IV del Decreto Foral 118/2007 Vínculo a legislación, de 3 de septiembre, que establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda

El Decreto Foral 118/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO FORAL 115/2008, DE 10 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 118/2007, DE 3 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Mediante Decreto Foral 118/2007 Vínculo a legislación, de 3 de septiembre, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda.

La experiencia acumulada por la Dirección General de Desarrollo Internacional, tras un año de andadura, ha definido las nuevas acciones a realizar en la actual legislatura.

De esta forma, además del seguimiento de la política económica europea y de la gestión de fondos, que se venían realizando hasta la fecha, se quiere dar un nuevo impulso a la obtención de fondos europeos en convocatorias competitivas y apoyar a las empresas navarras en la participación en licitaciones y contratos lanzados por otros países y organismos internacionales, quedando dichas acciones claramente definidas en el Plan internacional de Navarra 2008-2011, cuya implantación, seguimiento y control serán asumidos por la Dirección General de Desarrollo Internacional.

Es por ello que se pretenden redefinir las competencias tanto de la propia Dirección General como de cada uno de los dos Servicios en que está estructurada la misma, así como las denominaciones de alguna de sus unidades.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diez de noviembre de dos mil ocho,

DECRETO:

Artículo único.-Se da nueva redacción al Capítulo IV del Decreto Foral 118/2007 Vínculo a legislación, de 3 de septiembre, que establece la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda, que queda redactado con el siguiente contenido:

CAPITULO IV

Dirección General de Desarrollo Internacional

SECCIÓN 1.ª

Ámbito material de competencias y estructura

Artículo 39. Ámbito material de competencias de la Dirección General de Desarrollo Internacional.

La Dirección General de Desarrollo Internacional ejercerá, dentro de las competencias ostentadas por la Comunidad Foral de Navarra en este ámbito, las atribuciones previstas en este Decreto Foral con relación a las siguientes materias:

-La participación en los foros e instituciones internacionales y de la Unión Europea que se determinen por el Gobierno de Navarra, así como el seguimiento prioritario de sus políticas económicas en todo ámbito, con excepción de la alta representación institucional, que será desempeñada por el Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz de Gobierno.

-La obtención de financiación exterior.

-El impulso de todo tipo de proyectos económicos, de cooperación y partenariado de carácter europeo e internacional, en coordinación con los respectivos Departamentos del Gobierno de Navarra, y los agentes económicos y sociales de la Comunidad Foral.

-La cooperación con las organizaciones sociales, económicas y empresariales de Navarra para participar en la realización de actividades e iniciativas de carácter internacional que se determinen por el Gobierno de Navarra, y para propiciar la promoción y fortalecimiento de la imagen económica de Navarra en los ámbitos comunitarios e internacional.

-La coordinación de las unidades orgánicas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en sus relaciones con las instituciones de la Unión Europea u otros organismos internacionales.

-La coordinación, control, seguimiento y evaluación de la aplicación de las iniciativas de la Unión Europea o de otros organismos internacionales en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

-La coordinación, control y seguimiento del Plan Internacional de Navarra 2008-2011.

Artículo 40. Estructura de la Dirección General de Desarrollo Internacional.

1. La Dirección General de Desarrollo Internacional se estructura en los siguientes Servicios:

a) Acción Europea.

b) Proyección Internacional.

2. Queda adscrita a esta Dirección General la Delegación del Gobierno de Navarra en Bruselas.

SECCIÓN 2.ª

Servicio de Acción Europea

Artículo 41. Funciones del Servicio de Acción Europea.

El Servicio de Acción Europea, en relación con las materias propias de la Dirección General, ejercerá las siguientes funciones:

-El seguimiento de las políticas suprarregionales y supranacionales de la Unión Europea, con incidencia en la Comunidad Foral de Navarra y en su actividad económica.

-La obtención de financiación exterior, proveniente de organismos supranacionales o internacionales de ámbito europeo, para proyectos y actividades ejecutados por la Administración de la Comunidad Foral o de interés para Navarra.

-La canalización de las políticas de cooperación internacional e interregional de ámbito europeo.

-La coordinación de las unidades orgánicas de la Administración de la Comunidad Foral en orden a gestionar financiación proveniente de organismos de ámbito europeo e internacional.

-La coordinación, control, seguimiento y evaluación de la aplicación de los programas e iniciativas comunitarias europeas de toda índole y gestión económica en el ámbito de la Comunidad Foral.

-El control y seguimiento de la elegibilidad de los gastos.

-Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones vigentes.

Artículo 42. Estructura del Servicio de Acción Europea.

El Servicio de Acción Europea se estructura en las Secciones siguientes:

a) Programas.

b) Procedimientos y Convocatorias

c) Información y Documentación.

Artículo 43. Funciones de la Sección de Programas.

La Sección de Programas, en relación con las materias propias de la Dirección General, ejercerá las siguientes funciones:

-La redacción y tramitación de los Programas Operativos y otros instrumentos comunitarios, con excepción del Programa de Desarrollo Rural de Navarra, que será tramitado y gestionado por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-El seguimiento de la ejecución de dichos Programas Operativos e instrumentos.

-La participación coordinada con los Departamentos, unidades y entidades ejecutoras en los Comités de Seguimiento de los Programas.

-El control de los ingresos de los Programas cofinanciados por la Unión Europea.

-Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor.

Artículo 44. Funciones de la Sección de Procedimientos y Convocatorias.

La Sección de Procedimientos y Convocatorias, en relación con las materias propias de la Dirección General, ejercerá las siguientes funciones:

-La preparación, gestión, coordinación, trámite, control y seguimiento de expedientes, planes y proyectos derivados de la participación del Gobierno de Navarra en Proyectos de Cooperación y otras convocatorias de la Unión Europea e internacionales, sea por sí mismo, o concertando o cooperando con otras Administraciones públicas, agentes económicos y sociales y cualesquiera otros organismos y entidades legitimados para participar en aquellos.

-El control de los ingresos y gastos que se derivaren de dicha participación.

-La coordinación económico-financiera con la política regional y de inversiones públicas del Estado y la elaboración de propuestas relativas a los Proyectos de gastos e ingresos que deban cofinanciarse con recursos europeos, y específicamente los Fondos, Programas e Iniciativas comunitarias.

-Evaluación de la eficacia de la acción de la financiación europea en los programas, planes, proyectos e iniciativas que cofinancien.

-Las actuaciones en relación con la pertenencia a organismos de cooperación plurirregional de la Unión Europea, así como la gestión de los Convenios bilaterales de Cooperación Transfronteriza suscritos con el Consejo General de Pirineos Atlánticos y el Consejo Regional de Aquitania, y otros de similares características.

-El control de los gastos y pagos de los expedientes de subvención, así como validación de los justificantes necesarios exigidos en dichos expedientes.

-Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor.

Artículo 45. Funciones de la Sección de Información y Documentación.

La Sección de Información y Documentación, en relación con las materias propias de la Dirección General, ejercerá las siguientes funciones:

-El seguimiento del marco jurídico y jurisprudencial comunitario en materia de políticas horizontales, tales como regímenes de ayudas públicas, fiscalidad, empresas públicas, política medioambiental, aguas, e igualdad de oportunidades.

-La recopilación de la legislación, documentación e información de la Unión Europea al objeto de mantener actualizado el fondo documental comunitario.

-La asistencia a la representación técnica en los foros y comités que interesen en la edición de normativa comunitaria con repercusión en la Comunidad Foral de Navarra

-Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor.

SECCIÓN 3.ª

Servicio de Proyección Internacional

Artículo 46. Funciones del Servicio de Proyección Internacional.

-Impulso, coordinación y seguimiento del proceso de implantación del Plan Internacional de Navarra.

-Fomento de la participación en todo tipo de proyectos de carácter internacional, en coordinación con los respectivos Departamentos del Gobierno de Navarra, y los agentes económicos y sociales de la Comunidad Foral.

-Captación de contratos con organismos internacionales a través del fomento a la participación en licitaciones y proyectos.

-Promoción y fortalecimiento de la imagen económica de Navarra en el ámbito internacional.

-Coordinación con diferentes unidades orgánicas de la administración de la Comunidad Foral para el establecimiento de convenios, acuerdos y protocolos con organismos nacionales e internacionales que nos permitan fortalecer las relaciones exteriores de Navarra.

Artículo 47. Estructura del Servicio de Proyección Internacional.

El Servicio de Proyección Internacional se estructura en la Sección siguiente:

a) Sección de Promoción Exterior.

Artículo 48. Funciones de la Sección de Promoción Exterior.

La Sección de Promoción Exterior, en relación con las materias propias de la Dirección General, ejercerá las siguientes funciones:

-Coordinación y seguimiento del proceso de implantación de todas las acciones contempladas en el PIN. Revisión y reorientación del PIN conforme a los avances del mismo.

-Desarrollo de actividades de marketing interno para la difusión/ promoción de la imagen de Navarra mediante campañas de comunicación y sensibilización en todos los ámbitos de la Comunidad Foral.

-Realización de acciones de difusión internacional de la imagen de Navarra en zonas estratégicas para los sectores prioritarios identificados.

-Seguimiento de las redes de vigilancia y alerta de programas, convocatorias y licitaciones.

-Coordinación y participación activa en campañas de promoción, información y sensibilización europea e internacional (9 de mayo, Día de Europa, Euroscola...) y más especialmente en todas aquellas acciones de apoyo a la candidatura de Pamplona como Capital Europea de la Cultura 2016.

-Creación de alianzas estables con regiones de los nuevos países miembros y candidatos de la Unión Europea que permitan reforzar la cooperación en ámbitos subvencionados por la Unión Europea y abrir mercado para empresas navarras.

-Establecimiento de alianzas con organismos nacionales (ICEX, embajadas, consulados, etc.) para apoyar la apoyar la exportación e implantación de empresas navarras en el extranjero.

-Establecimiento de alianzas con entidades para favorecer la captación de inversiones extranjeras de alto valor añadido para Navarra.

-Captación de fondos europeos para la participación en proyectos de cooperación entre países miembros y con países no comunitarios, mediante la implantación de sistemas eficaces de vigilancia, participación en redes, cooperación público-privada, información, y asesoramiento.

-Captación de contratos internacionales mediante acciones de prospección, participación en redes de vigilancia, información, y promoción de la participación en licitaciones."

Disposición adicional.-Nombramientos.

Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los siguientes nombramientos:

El de la Directora del Servicio de Programas y Proyección Internacional, que pasa a denominarse Directora del Servicio de Proyección Internacional.

El de la Jefa de la Sección de Programas e Iniciativas Comunitarias, que pasa a denominarse Jefa de la Sección de Programas.

El de la Jefa de la Sección de Proyectos de Cooperación Europeos, que pasa a denominarse Jefa de la Sección de Procedimientos y Convocatorias.

El de la Jefa de la Sección de Procedimientos y Documentación Europea, que pasa a denominarse Jefa de la Sección de Información y Documentación. Disposición final.-Entrada en vigor.

El presente Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana