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Carácter oficial de determinados títulos de Grado

16/03/2011
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Resolución de 25 de febrero de 2011, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de febrero de 2011, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (BOE de 16 de marzo de 2011). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 25 DE FEBRERO DE 2011, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DE CONSEJO DE MINISTROS DE 11 DE FEBRERO DE 2011, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CARÁCTER OFICIAL DE DETERMINADOS TÍTULOS DE GRADO Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UNIVERSIDADES, CENTROS Y TÍTULOS.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 11 de febrero de 2011, ha adoptado el Acuerdo por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

El Real Decreto 1393/2007 Vínculo a legislación, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone, en su artículo 26, que los Acuerdos de Consejo de Ministros por los que se establezca el carácter oficial de los títulos universitarios serán publicados en el “Boletín Oficial del Estado”.

En cumplimiento del citado precepto, esta Secretaría General de Universidades ha resuelto disponer la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” del citado Acuerdo, como anexo a la presente Resolución.

ANEXO

Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos

De acuerdo con las previsiones del apartado 3 del artículo 3 Vínculo a legislación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, las enseñanzas universitarias oficiales se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las universidades. Dichos planes de estudios habrán de ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por las correspondientes Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.2 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril. Los correspondientes títulos deberán ser inscritos en el RUCT y acreditados conforme a lo establecido en el citado real decreto.

En atención a lo anterior, determinadas universidades han elaborado los planes de estudios de las enseñanzas que conducirán a la obtención de diversos títulos de Grado con arreglo a lo dispuesto en la citada norma. Estos planes de estudios han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la misma, y autorización de la correspondiente Comunidad Autónoma en su implantación.

Acreditadas tanto las verificaciones positivas de los planes de estudios por el Consejo de Universidades como las autorizaciones de su Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 26 del referido real decreto, procede elevar a Consejo de Ministros el Acuerdo de establecimiento del carácter oficial de los títulos y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, el Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de febrero de 2011, acuerda:

Primero. Establecimiento del carácter oficial de los títulos.-De conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 3 Vínculo a legislación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, se declara el carácter oficial de los títulos de Grado que se relacionan en el anexo al presente acuerdo.

Estos títulos tendrán carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, surtirán efectos académicos plenos y habilitarán, en su caso, para la realización de actividades de carácter profesional reguladas, de acuerdo con la normativa que en cada caso resulte de aplicación.

Segundo. Publicación del plan de estudios.-Tal como prevé el apartado 3 del artículo 26 Vínculo a legislación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en la nueva redacción dada por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, que modifica el anterior, los rectores de las respectivas universidades deberán ordenar la publicación de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos incluidos en el referido anexo, en el “Boletín Oficial del Estado” y en el diario oficial de la Comunidad Autónoma que corresponda.

Tercero. Inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.-Los títulos a los que se refiere el apartado primero serán inscritos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Dicha inscripción llevará aparejada su consideración inicial como títulos acreditados.

Cuarto. Renovación de la acreditación de los títulos.-Los títulos universitarios oficiales, objeto del presente acuerdo, deberán someterse al procedimiento de evaluación previsto en el artículo 27 Vínculo a legislación del referido Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, a fin de mantener su acreditación, dentro de los seis años siguientes a su inscripción en el RUCT.

Quinto. Expedición del título.-Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por los Rectores de las universidades correspondientes, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, con expresa mención del presente acuerdo.

Sexto. Habilitación para la adopción de medidas para la aplicación del acuerdo.-Por el Ministro de Educación, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación del presente acuerdo.

ANEXO

Relación de títulos universitarios oficiales de Grado ordenados por ramas de conocimiento y universidades

Artes y Humanidades

Universidad Alfonso X el Sabio:

Graduado o Graduada en Lenguas Modernas.

Graduado o Graduada en Lenguas Modernas y Gestión.

Graduado o Graduada en Proyectos de Interiorismo.

Universidad Complutense de Madrid:

Graduado o Graduada en Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural.

Graduado o Graduada en Diseño.

Universidad Politécnica de Valencia:

Graduado o Graduada en Bellas Artes.

Graduado o Graduada en Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

Universidad de Vic: Graduado o Graduada en Diseño.

Ciencias

Universidad Politécnica de Valencia:

Graduado o Graduada en Biotecnología.

Graduado o Graduada en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.

Ciencias de la Salud

Universidad Alfonso X el Sabio: Graduado o Graduada en Óptica y Optometría.

Universidad de las Palmas de Gran Canaria:

Graduado o Graduada en Medicina.

Graduado o Graduada en Veterinaria.

Universidad de Lleida: Graduado o Graduada en Enfermería.

Ciencias Sociales y Jurídicas

Universidad Alfonso X el Sabio:

Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas.

Graduado o Graduada en Dirección Comercial y Marketing.

Graduado o Graduada en Maestro en Educación Infantil.

Graduado o Graduada en Maestro en Educación Primaria.

Graduado o Graduada en Relaciones Internacionales.

Graduado o Graduada en Turismo.

Universidad Autónoma de Madrid: Graduado o Graduada en Trabajo Social.

Universidad Complutense de Madrid: Graduado o Graduada en Gestión Informática Empresarial.

Universidad a Distancia de Madrid-UDIMA:

Graduado o Graduada en Criminología.

Graduado o Graduada en Economía.

Universidad Francisco de Vitoria: Graduado o Graduada en Marketing.

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria:

Graduado o Graduada en Derecho.

Graduado o Graduada en Educación Infantil.

Graduado o Graduada en Educación Primaria.

Graduado o Graduada en Educación Social.

Universidad Politécnica de Valencia:

Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas.

Graduado o Graduada en Gestión y Administración Pública.

Universidad Rey Juan Carlos: Graduado o Graduada en Criminología.

Ingeniería y Arquitectura

Universidad de A Coruña:

Graduado o Graduada en Arquitectura.

Graduado o Graduada en Arquitectura Naval.

Graduado o Graduada en Ingeniería de Obras Públicas.

Graduado o Graduada en Ingeniería Eléctrica.

Graduado o Graduada en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.

Graduado o Graduada en Ingeniería en Propulsión y Servicios del Buque.

Graduado o Graduada en Ingeniería en Tecnologías Industriales.

Graduado o Graduada en Ingeniería Marina.

Graduado o Graduada en Ingeniería Mecánica.

Graduado o Graduada en Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo.

Graduado o Graduada en Tecnología de la Ingeniería Civil.

Universidad Alfonso X el Sabio:

Graduado o Graduada en Ingeniería Eléctrica.

Graduado o Graduada en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.

Graduado o Graduada en Ingeniería Mecánica.

Graduado o Graduada en Ingeniería Telemática.

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria:

Graduado o Graduada en Ingeniería en Tecnología Naval.

Graduado o Graduada en Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicación.

Universidad Politécnica de Catalunya:

Graduado o Graduada en Fotografía y Creación Digital.

Graduado o Graduada en Multimedia.

Universidad Politécnica de Madrid:

Graduado o Graduada en Ingeniería Agroambiental.

Graduado o Graduada en Ingeniería Civil y Territorial.

Graduado o Graduada en Ingeniería de los Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos.

Graduado o Graduada en Ingeniería en Tecnología Minera.

Graduado o Graduada en Ingeniería Geológica.

Graduado o Graduada en Ingeniería y Ciencia Agronómica.

Universidad Politécnica de Valencia:

Graduado o Graduada en Arquitectura.

Graduado o Graduada en Ingeniería Aeroespacial.

Graduado o Graduada en Ingeniería Agroalimentaria y del Medio Rural.

Graduado o Graduada en Ingeniería Eléctrica.

Graduado o Graduada en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.

Graduado o Graduada en Ingeniería en Geomática y Topografía.

Graduado o Graduada en Ingeniería en Organización Industrial.

Graduado o Graduada en Ingeniería en Tecnologías Industriales.

Graduado o Graduada en Ingeniería Forestal y del Medio Natural.

Graduado o Graduada en Ingeniería Informática.

Graduado o Graduada en Ingeniería Mecánica.

Graduado o Graduada en Ingeniería Química.

Graduado o Graduada en Ingeniería Sistemas de Telecomunicación, Sonido e Imagen.

Universidad de Santiago de Compostela: Graduado o Graduada en Ingeniería Civil.

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