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Datos de Carácter Personal

Protección de Datos de Carácter Personal

29/11/2011
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Resolución de 21 de noviembre de 2011, del rector de la Universidad Politécnica de Valencia, relativa a la creación y modificación de diversos ficheros automatizados de esta administración pública en aplicación del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. (DOCV de 28 de noviembre de 2011) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 21 DE NOVIEMBRE DE 2011, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA, RELATIVA A LA CREACIÓN Y MODIFICACIÓN DE DIVERSOS FICHEROS AUTOMATIZADOS DE ESTA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE, DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Preámbulo

El artículo 20 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, prevé que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las administraciones públicas sólo podrán hacerse mediante disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

En cumplimiento de este mandato legal, el Rectorado de la Universidad Politécnica de Valencia resuelve:

Primero Aprobar la creación del fichero que se relaciona en el anexo I de esta disposición.

Segundo Aprobar la supresión del fichero que se relaciona en el anexo II de esta disposición Tercero La Universidad Politécnica de Valencia tomará las medidas necesarias de índole técnica y organizativa para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal de los ficheros que se mencionan en los anexos.

Cuarto Los responsables de los ficheros automatizados relacionados en los anexos adoptarán las medidas necesarias para asegurar que los datos de carácter personal se utilizarán exclusivamente para las finalidades que justificaron su creación.

Quinto Los afectados por los ficheros automatizados relacionados en los anexos pueden ejercer su derecho de acceso, de rectificación y de cancelación de los datos y de oposición al tratamiento, ante el órgano competente y en la forma reglamentaria establecida, en los casos previstos en la legislación vigente.

Sexto En los casos en que se prevean comunicaciones de datos de los responsables de los ficheros automatizados, la Universidad Politécnica de Valencia advertirá a los cesionarios de datos de carácter personal de su obligación de utilizarlos exclusivamente para la finalidad de la cesión.

Séptimo La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXOS

OMITIDOS

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