RESOLUCIÓN DE 16 DE AGOSTO DE 2011, DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR LA QUE SE ORDENA PUBLICAR EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO LOS REGLAMENTOS DE LAS COMISIONES DE CALIDAD DE VARIAS FACULTADES Y ESCUELAS UNIVERSITARIAS DE LA UPV/EHU.
La Universidad cuenta con un régimen propio de autoorganización, poder ejercitable para la defensa de sus intereses propios, derivado del reconocimiento que la Constitución en su artículo 27.10 hace de la autonomía de las Universidades. Elemento sustancial de este régimen es la capacidad de autonormación.
En sesión de Consejo de Gobierno de fecha 29 de abril de 2010 fue aprobado el Reglamento marco de la Comisión de Calidad de los Centros Docentes, con la finalidad de establecer las directrices que permitirán a cada Centro docente de la UPV/EHU la elaboración de su propio Reglamento de funcionamiento de la Comisión de Calidad. En Consejo de Gobierno de fecha 11 de noviembre de 2010 fue modificado el artículo 5 del Reglamento Marco dedicado a regular las Comisiones de Apoyo.
Con fecha 21 de julio de 2011 se aprobaron los Reglamentos de las Comisiones de Calidad de las siguientes Facultades y Escuelas Universitarias: Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación; Facultad de Psicología; Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación; Escuela Técnica Superior de Náutica y Máquinas Navales; Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Vitoria-Gasteiz.
El artículo 187.1 de los Estatutos de la UPV/EHU en su apartado d), encomienda al Secretario General garantizar la publicidad de todos los acuerdos de la UPV/EHU, que según se establece en la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, se materializará mediante su íntegra publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Por todo lo anterior, en cumplimiento del apartado segundo del artículo 10 de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco.
RESUELVO:
Primero.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de los Reglamentos de las Comisiones de Calidad de las siguientes Facultades y Escuelas Universitarias:
Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación: anexo I Facultad de Psicología: anexo II Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación: anexo III Escuela Técnica Superior de Náutica y Máquinas Navales: anexo IV Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Vitoria-Gasteiz: anexo V Segundo.- Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de su publicación, ante la Secretaria General o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses.
Anexos
Omitidos.