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Supresión de enseñanzas de Másteres Universitarios en la Universidad de Oviedo

30/06/2011
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Decreto 56/2011, de 22 de junio, de supresión de enseñanzas de Másteres Universitarios en la Universidad de Oviedo (BOPA de 29 de junio de 2011). Texto completo.

DECRETO 56/2011, DE 22 DE JUNIO, DE SUPRESIÓN DE ENSEÑANZAS DE MÁSTERES UNIVERSITARIOS EN LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

El artículo 18.1 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 Vínculo a legislación de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

El Decreto 90/2009, de 29 de julio Vínculo a legislación, de Enseñanzas Universitarias Oficiales y Centros en el Principado de Asturias, dispone en su artículo 15, apartado primero que: “La supresión de enseñanzas tendrá lugar de acuerdo con la Programación Universitaria, y será acordada por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad de Oviedo, a propuesta de su Consejo de Gobierno. En todo caso, se requerirá informe favorable previo del Consejo Social de la Universidad de Oviedo”.

La adaptación de la oferta de titulaciones de la Universidad de Oviedo al Espacio Europeo de Estudios Superiores ha supuesto la implantación en los cursos 2009-2010 y 2010-2011 de cuarenta y siete titulaciones de Máster Universitario. Sin embargo, dentro de las actuaciones vinculadas al proyecto de Campus de Excelencia Internacional la Universidad de Oviedo ha considerado que debe seguir avanzando hacia la internacionalización y la máxima calidad de la oferta de titulaciones y por ello ha considerado oportuno proceder a la supresión de algunas de estas titulaciones y a la implantación de otras nuevas para el curso 2011-2012 en el supuesto de que sean verificadas por parte de Consejo de Universidades.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, en su sesión de 28 de abril de 2011, acordó elevar propuesta al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias de extinción de las enseñanzas de Másteres Universitarios en los términos que se recogen en el presente decreto. El Consejo Social de la Universidad de Oviedo, en su sesión de 10 de mayo de 2011, informó favorablemente dicha propuesta.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 de junio de 2011,

DISPONGO

Artículo único. Supresión de Enseñanzas de Máster Universitario.

En el curso 2011-2012 se producirá la supresión de las siguientes enseñanzas:

- Máster Universitario en Administración y Dirección de Empresas

- Máster Universitario en Análisis Químico, Bioquímico y Estructural

- Máster Universitario en Ciencia y Tecnología de los Materiales

- Máster Universitario en Control de Procesos, Electrónica Industrial e Ingeniería Eléctrica

- Máster Universitario en Dirección y Planificación del Turismo

- Máster Universitario en Economía y Sociología de la Globalización

- Máster Universitario en Estudios Sociales de la Ciencia

- Máster Universitario en Filosofía del Presente

- Máster Universitario en Identidades Culturales Europeas: Textos y Contextos

- Máster Universitario en Ingeniería de Procesos y Ambiental

- Máster Universitario en Ingeniería Mecánica, Diseño, Construcción y Fabricación

- Máster Universitario en Investigación en Cáncer

- Máster Universitario en Investigación en Medicina

- Máster Universitario en Investigación en Neurociencias

- Máster Universitario en Investigación en Psicología de la Salud

- Máster Universitario en La Ciudad Medieval

- Máster Universitario en Las Ciudades del Arco Atlántico: Patrimonio Cultural y Desarrollo Urbano

- Máster Universitario en Minería, Obra Civil y Medio Ambiente para la Explotación y Gestión de los Recursos Minerales

- Máster Universitario en Música, Comunicación e Instituciones en la España Contemporánea

- Máster Universitario en Recursos Geológicos y Geotecnia

- Máster Universitario en Síntesis y Reactividad Química

- Máster Universitario en Sistemas de Información Contable

- Máster Universitario en Sistemas y Servicios Informáticos para Internet

- Máster Universitario en Técnicas Experimentales Aplicadas al Manejo y Conservación de Recursos Biológicos

Disposición adicional única. Comunicación a la Conferencia General de Política Universitaria.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, el presente decreto será comunicado a la Conferencia General de Política Universitaria.

Disposición transitoria única. Finalización de estudios conforme a planes extinguidos.

Los estudiantes que hubiesen iniciado alguna de estas enseñanzas de Máster Universitario con anterioridad al curso académico en que se inicie la extinción de las mismas, les serán de aplicación las disposiciones reguladoras por las que hubieran iniciado sus estudios.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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