El fallo del Supremo se produce a raíz del recurso presentado por tres afectados por las expropiaciones. Acepta la tesis de los recurrentes y, en paralelo, revoca una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que sí consideró legal el proceso de expropiaciones para el proyecto audiovisual.
Concluye que el plan parcial propuesto por el Consell, "es un ejemplo paradigmático de indeterminación, de vaguedad extrema, por cuanto no permite conocer la concreta finalidad de los usos que justifican la expropiación". Y destaca que la anulación de las expropiaciones implica la nulidad de los posteriores actos. "La inexistencia de la causa expropiandi residenciada en el plan especial acarrea la nulidad de los posteriores y sucesivos actos expropiatorios", precisa el fallo.