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Sentencia de 9 de febrero de 2011, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la nulidad del apartado IV del anexo I del Real Decreto 1379/2009

04/03/2011
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Sentencia de 9 de febrero de 2011, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la nulidad del apartado IV del anexo I del Real Decreto 1379/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Imagen personal que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad (BOE de 4 de marzo de 2011). Texto completo.

SENTENCIA DE 9 DE FEBRERO DE 2011, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, POR LA QUE SE DECLARA LA NULIDAD DEL APARTADO IV DEL ANEXO I DEL REAL DECRETO 1379/2009, DE 28 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECEN DOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD DE LA FAMILIA PROFESIONAL IMAGEN PERSONAL QUE SE INCLUYEN EN EL REPERTORIO NACIONAL DE CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD.

En el recurso contencioso-administrativo que con el número 107/2009, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Alejandro González Salinas en nombre y representación del Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos, se ha dictado sentencia de 9 de febrero de 2011, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Ha lugar a la estimación parcial del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación del Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos contra el Real Decreto 1379/2009, de 28 de agosto, por que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional imagen personal, estética y peluquería, declarando la nulidad del apartado IV (“prescripciones de los formadores”) del anexo I del Decreto que es objeto del recurso contencioso-administrativo, en lo relativo al módulo formativo MF0058_1: higiene y asepsia aplicados a la peluquería en cuanto excluye de la “titulación requerida” al Licenciado en Ciencias Biológicas. En cuanto a las costas estese al último fundamento.

Así, por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Presidente: Excmo. Sr. D. Ricardo Enríquez Sancho; Magistrados: Excmo. Sr. D. Segundo Menéndez Pérez, Excmo. Sr. D. Enrique Lecumberri Martí, Excmo. Sr. D. Santiago Martínez-Vares García, Excma. Sra. D.ª Celsa Pico Lorenzo; y Excmo. Sr. D. Antonio Martí García.

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