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  • EDICIÓN DE 06/09/2010
 
 

Puesta en funcionamiento de titulaciones oficiales de grado en la Universidad de Castilla-La Mancha

06/09/2010
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Decreto 202/2010, de 31 de agosto, por el que se autoriza la implantación y puesta en funcionamiento de titulaciones oficiales de grado en la Universidad de Castilla-La Mancha (DOCM de 3 de septiembre de 2010). Texto completo.

DECRETO 202/2010, DE 31/08/2010, POR EL QUE SE AUTORIZA LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE TITULACIONES OFICIALES DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Real Decreto 1393/2007 Vínculo a legislación, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su artículo 3, expone que estas enseñanzas se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por la Comunidad Autónoma correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.2 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

El Decreto 13/2009 Vínculo a legislación, de 17 de febrero, por el que se determina el procedimiento para la autorización de la implantación y puesta en funcionamiento de las enseñanzas universitarias oficiales en el marco del espacio Europeo de Educación Superior (EEES) en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 3 que el órgano competente para dicha autorización es el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, la Universidad de Castilla-La Mancha, ha solicitado la implantación de títulos de Grado que proceden de titulaciones actualmente impartidas. Al respecto, el Decreto 13/2009 Vínculo a legislación, de 17 de febrero, indica, en su artículo 5.1, que “será autorizada la implantación de aquellas titulaciones que, proviniendo de las actuales titulaciones de ciclo largo y ciclo corto, satisfagan los requisitos que se mencionan en el apartado 3” de dicho artículo.

Por otro lado, el Gobierno de Castilla-La Mancha está impulsando la implantación de nuevas titulaciones universitarias como respuesta a las necesidades educativas de la Comunidad Autónoma y al propio desarrollo de las enseñanzas superiores en Castilla-La Mancha Las titulaciones para las que se solicita autorización de implantación siguen las directrices fijadas en el artículo 12 Vínculo a legislación del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y se ajustan a los requisitos generales establecidos en el artículo 5.3 Vínculo a legislación del Decreto 13/2009, de 17 de febrero.

Para el presente proceso de autorización de la implantación de títulos de Grado se han tenido en cuenta los certificados de verificación del Consejo de Universidades; las memorias, informes y certificados de la Universidad de Castilla-La Mancha y las certificaciones del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha En virtud de lo anterior, a propuesta de la Consejera de Educación, Ciencia y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día de 31 de agosto de 2010, dispongo:

Artículo Único. Autorización de Títulos de Grado.

Se autoriza la implantación y puesta en funcionamiento en el curso 2010-2011 de los siguientes títulos de Grado y en las localidades que se indican:

a) Grado en Ciencias Ambientales, en Toledo.

b) Grado en Bioquímica, en Toledo.

c) Grado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, en Ciudad Real.

d) Grado en Ingeniería Química, en Ciudad Real.

e) Grado en Ingeniería de Sistemas Audiovisuales de Telecomunicación, en Cuenca.

f) Grado en Ingeniería Eléctrica, en Albacete, Ciudad Real, Almadén y Toledo.

g) Grado en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática, en Albacete, Ciudad Real y Toledo.

h) Grado en Ingeniería Mecánica, en Albacete, Ciudad Real y Almadén.

i) Grado en Ingeniería Informática, en Albacete y Ciudad Real.

j) Grado en Fisioterapia, en Toledo.

k) Grado en Farmacia, en Albacete.

l) Grado en Arquitectura, en Toledo.

m) Grado en Periodismo, en Cuenca.

n) Grado en Medicina, en Albacete y Ciudad Real.

ñ) Grado en Ingeniería de la Tecnología Minera, en Almacén

o) Grado en Ingeniería de los Recursos Energéticos, en Almadén.

p) Grado en Ingeniería Forestal y del Medio Natural, en Albacete.

q) Grado en Ingeniería Agrícola y del Medio Rural, en Albacete y Ciudad Real.

r) Grado en Ingeniería Civil, en Ciudad Real

s) Grado en Ingeniería Agroalimentaria, en Albacete y Ciudad Real.

t) Grado en Relaciones Laborales y Desarrollo de Recursos Humanos, en Cuenca.

u) Grado en Enfermería, en Talavera de la Reina.

v) Grado en Administración y Dirección de Empresas, en Talavera de la Reina.

Disposición adicional primera. Modo de implantación.

La Universidad de Castilla-La Mancha decidirá para cada Título el modo de implantación: curso a curso o simultáneamente.

Disposición adicional segunda. Recursos para la implantación y puesta en funcionamiento.

La implantación y puesta en funcionamiento de estas titulaciones la efectuará la Universidad de Castilla-La Marcha con cargo a sus recursos y disponibilidades presupuestarias. En todo caso, la participación económica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha será la fijada anualmente en sus Presupuestos Generales para la subvención nominativa a la Universidad de Castilla-La Mancha.

Disposición final. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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