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El Supremo obliga a Santander, SEPI y Enisa a vender acciones de Lleida.net a su fundador

26/04/2022
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El Tribunal Supremo ha desestimado en un auto un recurso del CEO, fundador y socio mayoritario de Lleida.net, Sisco Sapena, en el que reclamaba la anulación de una opción de compraventa del 21% del capital de la firma, y ha obligado a los sucesores del fondo Banesto Enisa SEPI Desarrollo FCR (Santander, SEPI y Enisa) a venderle 3.413.680 acciones de la compañía a un precio de 1,7761 euros por título.

LLEIDA, 25 (EUROPA PRESS)

"Las sentencias firmes del Supremo hay que cumplirlas, ya he empezado a notificar a mis antiguos socios, algunos de ellos todavía lo son, a que me traigan las acciones, yo les pagaré, tengo unos estupendos talones esperando", ha afirmado este lunes en declaraciones a Europa Press, Sisco Sapena.

La empresa ha comunicado este lunes a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la sentencia firme que señala que Cántabro Catalana de Inversiones (sociedad de Grupo Banco Santander), SEPI Desarrollo Empresarial SAU y Enisa habrán de poner a disposición de Sapena esas 3.413.680 acciones por las que tendrá que abonar 6.063.037,05 euros.

El valor de mercado de esas acciones, al precio de cierre del pasado viernes, es de 11.162.733,6 euros, ha detallado la compañía, que ha precisado que solo Enisa las conserva.

En 2015, el fondo Banesto Enisa Sepi Desarrollo FCR --a través de su sociedad gestora Santander Capital Desarrollo-- condicionó su aprobación al acuerdo de salida a cotizar de Lleida.net a que Sapena firmara una opción de venta a su favor por el total de las acciones pertenecientes al fondo en el momento del inicio de negociación en el BME Growth.

El precio inicial de la acción según la opción de venta se estableció finalmente en 1,37 euros por acción, al que se aplicaría un interés hasta el ejercicio efectivo de la opción de venta.

Lleida.net comenzó a cotizar en el antiguo Mercado Alternativo Bursátil el 9 de octubre del 2015, a un precio de 1,18 euros por acción.

UN LITIGIO DE 2016

En octubre del 2016, antes del inicio del periodo de ejercicio de la opción de venta, Sapena presentó una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de Lleida para que la opción de venta se declarase nula por desequilibrio y abuso de la posición contractual por vulnerar la normativa Mifid.

El juzgado de primera instancia número 2 de Lleida desestimó la demanda el octubre de 2017 y también lo hizo la Audiencia Provincial de Lleida en 2019.

Sapena presentó recurso de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que mediante Auto de fecha 15 de marzo del 2022, lo ha inadmitido, con lo que la sentencia del juzgado de primera instancia número 2 de Lleida es firme.

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