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Relevancia constitucional del empeño por la oficialización europea de lenguas no oficiales del Estado; por José Luis Martínez López-Muñiz, Catedrático de Derecho Administrativo y profesor emérito de la Universidad de Valladolid

29/10/2025
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El día 27 de octubre de 2025 se ha publicado, en el periódico El Imparcial, un artículo de José Luis Martínez López-Muñiz, en el cual el autor opina sobre el desastre diplomático que está representando en la Unión Europea el empeño desmedido del actual Gobierno por que el catalán, el vasco y el gallego sean reconocidos como lenguas oficiales de la Unión.

RELEVANCIA CONSTITUCIONAL DEL EMPEÑO POR LA OFICIALIZACIÓN EUROPEA DE LENGUAS NO OFICIALES DEL ESTADO

Hemos comentado ya en este diario hace algunos pocos meses el desastre diplomático que está representando en la Unión Europea el empeño desmedido del actual Gobierno por que el catalán, el vasco y el gallego sean reconocidos como lenguas oficiales de la Unión, con cuantas implicaciones trae consigo en el trabajo de sus instituciones y órganos.

La persistencia en el empeño, incluso tratando recientemente de hacer creer a la opinión que Alemania iba a abandonar su posición negativa y se abría a negociar la aceptación de tal despropósito -lo que ha sido prontamente desmentido por el Gobierno alemán-, invita a ahondar un poco más en la cuestión, pues, bien considerada, implica cuestiones de relevancia constitucional no pequeñas para España.

El art. 55 del Tratado de la Unión Europea especifica las 24 “lenguas de los Tratados”, que se corresponde con las que son oficiales de los 27 actuales Estados miembros. Austria, Bélgica y Luxemburgo comparten sus lenguas oficiales con Alemania, Francia y Países Bajos.

Varios preceptos de los tratados de la Unión -incluida la Carta de los derechos fundamentales- reconocen a “las lenguas de los Tratados” como apropiadas para las relaciones con las instituciones de la Unión, con lo que ello comporta de “oficialidad”.

Por su parte, el art. 342 del Tratado de Funcionamiento de la Unión asigna al Consejo -por unanimidad de los 27 representantes de los Gobiernos de los Estados miembros que lo forman- la fijación por reglamento del régimen lingüístico de las instituciones de la Unión, obviamente en lo no dispuesto ya por los Tratados constitutivos de la Unión.

Ya en 1958 el Consejo de las Comunidades Europeas, entonces solo de 6 Estados miembros, aprobó el Reglamento a que se refiere este artículo, que se ha ido modificando y adaptando sucesivamente a las sucesivas incorporaciones de nuevos Estados a las Comunidades y luego a la Unión, hasta llegar a los 27 Estados miembros actuales.

Su art. 1.º es claro cuando declara expresamente lenguas oficiales y lenguas de trabajo a las mismas 24 “lenguas de los Tratados”, que especifica por sus denominaciones, igual que el art. 55 del Tratado de la Unión, con la única diferencia de que la referencia a la lengua española contenida en este último precepto, pasa a ser en la versión oficial española del Reglamento el castellano, aunque en todas las demás “lenguas de los Tratados” sigue siendo denominada con el adjetivo equivalente a español.

Es esto lo que está queriendo cambiar tozudamente el actual Gobierno español, sin duda por su dependencia de los nacionalismos catalán y vasco, principalmente. Pero sigue habiendo varios Estados miembros que se niegan a ello. Sería la primera vez que una lengua no oficial del Estado correspondiente y no incluida por ello en el elenco de las enumeradas en el art. 55 del Tratado de la Unión, fuera reconocida como lengua oficial, con cuanto ello implica. Ya comporta suficiente complicación -y gasto público- la coexistencia como lenguas oficiales de las 24 que tienen reconocida tal condición.

Pero es que, desde una perspectiva constitucional española, el asunto no es intrascendente.

El art. 3 de la Constitución proclama como única lengua española oficial del Estado al castellano, declarando por ello que todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.

Ha sido un dislate, que hay que esperar se corrija más pronto que tarde, introducir en el funcionamiento de las Cortes Generales, evidente órgano del Estado en su sentido más estricto, el uso habitual de lenguas distintas de la única oficial del Estado. Las lenguas españolas distintas de ella solo son también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas, tal y como expresamente dice la Constitución en su mismo art. 3. La lengua oficial del Estado, el llamado castellano, es también oficial en todas y cada una de las Comunidades Autónomas, por tanto. Ningún ciudadano español, ninguna institución u organismo español puede afirmar en Derecho que sólo puede entender y hacerse entender en una de las lenguas cooficiales en una u otra de las Comunidades Autónomas. Y, desde luego, es evidente, que ninguna de estas puede considerarse lengua cooficial del Estado español como tal, pues ya hemos visto que la Constitución establece expresamente que no hay más lengua oficial del Estado que el castellano, el español por antonomasia, lengua común, por lo demás, a centenares de millones de personas en todo el mundo.

Hay que recordar que lo que dice el art. 3 de la Constitución sobre las lenguas forma parte de su núcleo duro y más rígido, que solo puede alterarse por el procedimiento agravado de revisión constitucional, previsto por su art. 168 para la revisión total o de sus partes más esenciales. Es, pues, un componente constitucional de los más capitales. Sin duda, por la estrecha relación que la oficialidad de la lengua guarda con la indisoluble unidad de la Nación española, proclamada por el art. 2 de la misma Constitución, y que es, precisamente, la que están queriendo quebrar los nacionalismos periféricos que se vienen manifestando como independentistas. Ellos son los que más presión vienen haciendo sobre el Gobierno para obtener lo que valoran sobre todo como un símbolo de la estatalidad que querrían lograr a cualquier precio. Y es justamente esta la razón principal por la que resulta particularmente improcedente e insidioso el empeño que está mostrando el Gobierno por lograr oficializar a nivel de la Unión Europea particularmente el catalán o también el vasco o incluso el gallego. Es verdaderamente sorprendente que tengan que salvarnos de ese bochorno los responsables de los Gobiernos de otros Estados de la Unión, mientras el Gobierno español no deja de tratar de demoler las mismas bases constitucionales que le legitiman.

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