VALENCIA, 10 (EUROPA PRESS)
Además, la ha calificado de "inconstitucional" porque "en su afán por controlar a los magistrados, se han invadido sus competencias" ofreciendo, por ejemplo, la capacidad de archivar directamente las causas judiciales sin pasar por el juez instructor.
Gómez Bermúdez ha realizado estas declaraciones en el transcurso de una Master Class ofrecida a estudiantes de la Universidad Europea de Valencia titulada 'La reforma de la Justicia Universal: ¿Un retroceso?', según ha informado en centro académico en un comunicado.
El magistrado ha realizado un repaso de la evolución en España de la consideración sobre la Justicia Universal que, en su opinión, "no ha gozado nunca de crédito, ni entre la ciudadanía, ni entre la opinión pública, ni entre los profesionales, salvo en los sectores más progresistas de la sociedad". Fundamentalmente, porque "es incómodo que los tribunales de un Estado juzguen hechos fuera de sus fronteras y que no haya víctimas ni presuntos culpables de este país".
No obstante, Gómez Bermúdez ha considerado que es necesario que tenga "límites" que sitúa exclusivamente en los crímenes internacionales que afectan masivamente a los derechos humanos y que están recogidos en el Artículo 5 del Estatuto de Roma: genocidio, guerra, lesa humanidad y agresión. La explicación es que, a diferencia de otros crímenes transnacionales como el tráfico de drogas o las redes de prostitución, "es el propio Estado el que ampara la comisión de estos delitos", ha manifestado.
Además, ha ahondado en las críticas a la Ley Orgánica 1/2014 de 13 de marzo que ha supuesto, a su juicio, el final de la justicia universal en España como consecuencia de presiones de poderes políticos y de otros Estados, en referencia a lo ocurrido con el caso del Tibet y la presión de China.
"COOPERACIÓN ENTRE ESTADOS"
A su juicio, "el futuro pasa por la cooperación entre Estados y un cuerpo de derecho internacional basado en los convenios internacionales que especifique claramente qué delitos pueden ser tratados desde el punto de vista del derecho internacional". También considera que es conveniente que, en estos casos, sea el ministerio fiscal quien cuente con el monopolio de la acción penal.