Diario del Derecho. Edición de 05/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/03/2018
 
 

TS

El presidente de lo Civil del TS destaca que el fallo sobre las hipotecas se adoptó por unanimidad al no haber "dudas"

02/03/2018
Compartir: 

Francisco Marín admite que las sentencias sobre esta materia "siempre generan polémica" aunque lo "asumen" al ir "en el sueldo"

VALENCIA, 1 (EUROPA PRESS)

El presidente de la sala de lo Civil del Tribunal Supremo, Francisco Marín, ha explicado este jueves que se optó por adelantar el fallo sobre los gastos hipotecarios para que "no hubiera especulaciones durante el tiempo en que se tarda en redactar la sentencia", que ha recalcado que se adoptó por "unanimidad" porque "no había dudas", y ha destacado que permitirá "una disminución del número de litigios".

El magistrado, antes de intervenir en una conferencia en el Colegio de Abogados de Valencia sobre la problemática de la ejecución hipotecaria, ha destacado al respecto que las consecuencias prácticas de este fallo del Tribunal Supremo, que da la razón a la banca en lo referido a quién debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), serán "importantes".

Así, ha apuntado que habrá muchos litigios que ya se resuelvan con "rapidez", otros en los que "se produzca una especie de acuerdo" y otros que "ni siquiera se promuevan". "Esos son los beneficios de una sentencia del Supremo", ha destacado, como ya ocurrió, según ha recordado, con las acciones de Bankia, que logró que socialmente se resolviera con "bastante rapidez" o las cooperativas de las viviendas.

Marín ha comentado que las sentencias del Supremo sobre estas materias "siempre generan polémica" porque si se falla a favor del banco "se va a decir que el Supremo está a favor de los bancos" y si se falla a favor del consumidor "se va a decir que el Supremo está en contra de los bancos". No obstante, ha apuntado que es "un riesgo" que los magistrados del Supremo "asumen y va en el sueldo".

DELIBERACIÓN "CORTA"

Con todo, ha subrayado que esta sentencia se adoptó de forma "unánime" y tras una deliberación "corta" porque todos los magistrados de la sala lo vieron "muy claro".

Por otra parte, ha señalado que para que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea pueda pronunciarse, como confían algunas asociaciones de consumidores y despachos de abogados, hace falta que un juez plantee una cuestión prejudicial y, en principio, los magistrados de la sala "no han visto ninguna razón" para hacer la consulta porque la norma que determina a quién corresponde el pago del impuesto es una norma nacional y no de la Unión Europa.

Así, Marín ha señalado que cuando se pronuncia el TJUE el Supremo "siempre adapta su jurisprudencia a lo que decida", pero para que se plantee una cuestión prejudicial "hace falta que tengamos dudas sobre la interpretación de una norma del derecho de la Unión Europea" y en este caso la norma tributaria es "nacional".

Otra cosa es que se cambie la legislación como plantea el PSOE. En ese caso, "lógicamente los tribunales están sometidos al imperio de la ley" y "ahí no hay motivos de conflicto".

Marín ha aclarado que la interpretación de las normas tributarias corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa. En este caso, había pronunciamientos "muy claros" y jurisprudencia "constante" de la sala tercera. Por ello, la sala de lo Civil entendió que "no había por qué apartarse de ese criterio".

Por ello, ha advertido de que sostener una "interpretación diferente en materia tributaria por parte de la sala primera y la tercera no tendría sentido" y se generaría "una especie de desconcierto o caos generalizado que no es conveniente". Además, la solución de la sala tercera era "muy razonable".

Así, ha insistido en que a la jurisdicción civil "no le corresponde interpretar las normas tributarias, que corresponde a la jurisdicción administrativa, sino determinar si una cláusula es abusiva o no lo es".

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Reitera el Supremo que el control judicial de los acuerdos de denegación de indulto se encuentra limitado a si se han solicitado los informes que la Ley establece como preceptivos
  2. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  3. Actualidad: El Gobierno concede la nacionalidad española a 171 descendientes de miembros de las Brigadas Internacionales
  4. Estudios y Comentarios: La centralidad de la Constitución; por Gonzalo Rubio Hernández-Sampelayo, Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense
  5. Actualidad: Seis meses de inhabilitación a un guardia civil por guardarse una denuncia contra agentes por robos en Córdoba
  6. Tribunal Supremo: La empresa está obligada a acreditar que el trabajador cumple los requisitos exigidos en el Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, y sus tripulantes de cabina de pasajeros, para su progresión profesional
  7. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  8. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  9. Actualidad: El PE da el primer paso para que las eurodiputadas puedan delegar su voto al final del embarazo y tras dar a luz
  10. Actualidad: El ICAM remarca que "sin secreto profesional no hay justicia"

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana