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Universidad

Estudios universitarios oficiales de grado en la Universidad Autónoma de Barcelona

31/08/2011
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Orden ECO/204/2011, de 2 de agosto, por la que se implantan varios estudios universitarios oficiales de grado en la Universidad Autónoma de Barcelona (DOGC de 30 de agosto de 2011). Texto completo.

ORDEN ECO/204/2011, DE 2 DE AGOSTO, POR LA QUE SE IMPLANTAN VARIOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA.

En el marco de la Programación universitaria de Cataluña, para el curso académico 2009-2010, y para adecuar la estructura cíclica de las enseñanzas universitarias actuales a los requerimientos europeos, se prevé la implantación de los estudios universitarios oficiales de grado en la Universidad Autónoma de Barcelona.

La adaptación a los principios derivados del espacio europeo de educación superior implica, también, de acuerdo con el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real decreto 861/2010, de 2 de julio, el inicio del proceso de extinción progresiva de los estudios universitarios oficiales, implantados al amparo de la ordenación anterior.

De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre Vínculo a legislación, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril; la Ley 1/2003, de 19 de febrero Vínculo a legislación, de universidades de Cataluña; el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real decreto 861/2010, de 2 de julio; el Real decreto 557/1991, de 12 de abril Vínculo a legislación, de creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios; el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regula la Programación universitaria de Cataluña y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centros docentes universitarios y de implantación de enseñanzas, y los Estatutos de la Universidad Autónoma de Barcelona, a propuesta del Consejo de Gobierno, con el informe favorable del Consejo Social de la Universidad Autónoma de Barcelona, y a propuesta del director general de Universidades,

Ordeno:

Artículo único

Se implantan los estudios universitarios oficiales de grado en los centros de la Universidad Autónoma de Barcelona que se indican en el anexo 1 de esta Orden.

Disposición adicional

Una vez establecido el carácter oficial de los títulos, el rector o la rectora de esta Universidad solicitará a la persona titular del departamento competente en materia de universidades la autorización para el inicio de actividades de estos estudios, el amparo de la normativa vigente.

Disposición transitoria

La implantación de estos estudios universitarios oficiales de grado implica la extinción progresiva de los estudios que se indican en el anexo 2 de esta Orden.

En todo caso, se garantizará el derecho del estudiantado a finalizar las enseñanzas de acuerdo con el plan de estudios con el que las iniciaron con un rendimiento académico ordinario, más las convocatorias adicionales previstas en la normativa vigente.

Anexos

Omitidos.

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