Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/04/2011
 
 

El Tribunal Supremo niega la potestad de los jueces sobre los aparcamientos

25/04/2011
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha negado que jueces y magistrados de Málaga tengan potestad para decidir sobre el uso y la distribución de los aparcamientos de la Ciudad de la Justicia de la citada ciudad.

En una sentencia del pasado 31 de marzo, el alto tribunal ha avalado la decisión del Consejo General del Poder Judicial de dejar sin efecto sendos acuerdos del presidente de la Audiencia de Málaga y del juez decano de la capital por los que los magistrados se reservaban las plazas de estacionamiento alegando motivos de seguridad.

Los acuerdos de los jueces malagueños, adoptados en julio de 2009, crearon malestar entre los funcionarios de justicia, que vieron un intento de perpetuar privilegios. Los sindicatos lograron que la consejera de Justicia de la Junta de Andalucía, administración encargada de la construcción y gestión de las infraestructuras, dejara sin efecto las distinciones de acceso al aparcamiento.

Ya en octubre de 2009, el CGPJ anuló los acuerdos de los magistrados malagueños al entender que estos “no se ajustaban a la legalidad”, ya que “no se encuentran dentro de las competencias de los decanos dictar resoluciones en orden a distribución de espacios y, en concreto, a la asignación de aparcamientos”.

Fue la Asociación Francisco de Vitoria la que recurrió la decisión del CGPJ ante el Tribunal Supremo. Finalmente, la sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal recuerda que tanto la dotación de medios materiales para juzgados y tribunales, así como la “fijación de las reglas para su utilización” corresponden al Ministerio de Justicia, o los gobiernos autonómicos en aquellas regiones con competencias transferidas. “No procede confirmar la competencia del Decano o del Presidente de la Audiencia Provincial en la valoración de la cuestión suscitada”, dictamina el Tribunal.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  3. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  6. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  7. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta
  10. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana