Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/04/2011
 
 

El Tribunal Supremo niega la potestad de los jueces sobre los aparcamientos

25/04/2011
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha negado que jueces y magistrados de Málaga tengan potestad para decidir sobre el uso y la distribución de los aparcamientos de la Ciudad de la Justicia de la citada ciudad.

En una sentencia del pasado 31 de marzo, el alto tribunal ha avalado la decisión del Consejo General del Poder Judicial de dejar sin efecto sendos acuerdos del presidente de la Audiencia de Málaga y del juez decano de la capital por los que los magistrados se reservaban las plazas de estacionamiento alegando motivos de seguridad.

Los acuerdos de los jueces malagueños, adoptados en julio de 2009, crearon malestar entre los funcionarios de justicia, que vieron un intento de perpetuar privilegios. Los sindicatos lograron que la consejera de Justicia de la Junta de Andalucía, administración encargada de la construcción y gestión de las infraestructuras, dejara sin efecto las distinciones de acceso al aparcamiento.

Ya en octubre de 2009, el CGPJ anuló los acuerdos de los magistrados malagueños al entender que estos “no se ajustaban a la legalidad”, ya que “no se encuentran dentro de las competencias de los decanos dictar resoluciones en orden a distribución de espacios y, en concreto, a la asignación de aparcamientos”.

Fue la Asociación Francisco de Vitoria la que recurrió la decisión del CGPJ ante el Tribunal Supremo. Finalmente, la sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal recuerda que tanto la dotación de medios materiales para juzgados y tribunales, así como la “fijación de las reglas para su utilización” corresponden al Ministerio de Justicia, o los gobiernos autonómicos en aquellas regiones con competencias transferidas. “No procede confirmar la competencia del Decano o del Presidente de la Audiencia Provincial en la valoración de la cuestión suscitada”, dictamina el Tribunal.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana