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Plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

24/02/2011
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Decreto Foral 7/2011, de 7 de febrero, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 23 de febrero de 2011). Texto completo.

DECRETO FORAL 7/2011, DE 7 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

Diversos Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informan de la necesidad de modificar sus respectivas plantillas orgánicas a fin de ajustarlas a las necesidades reales de los mismos, para lo que existe informe favorable de la Intervención.

Al ser asuntos que se determinan en la plantilla orgánica, se recogen diferentes modificaciones planteadas por los Departamentos afectados sobre los requisitos de acceso a determinadas jefaturas y sobre el grado de dominio de conocimiento del vascuence para el acceso a una plaza.

Con el fin de dar cumplimiento a la disposición final segunda del Decreto Foral 56/2010, de 13 de septiembre, por el que se delimitan las funciones de los Agentes Tributarios de la Hacienda Tributaria de Navarra, se determina el nivel de adscripción y las retribuciones complementarias que se asignan a este puesto de trabajo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30.3 del Decreto Foral 59/2010, de 13 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Empleo, se determina el rango de determinadas Agencias de Empleo del referido organismo autónomo.

La Ley Foral 22/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2011, establece en su disposición adicional trigésima cuarta el encuadramiento de los puestos de trabajo de Jefe de Sala y de Operador Auxiliar de Coordinación de la Agencia Navarra de Emergencias en los niveles B y C respectivamente de los establecidos en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, absorbiendo sus retribuciones complementarias con el fin de que el cambio no suponga incremento alguno del importe total de las retribuciones básicas y complementarias que perciben en la actualidad. Por ello, se hace necesario fijar el porcentaje de las retribuciones complementarias de estos puestos de trabajo en el nuevo nivel, así como la obligada repercusión que el cambio tiene en las listas existentes para su cobertura temporal y en los procesos selectivos actualmente en tramitación.

La disposición derogatoria única de la Ley Foral 15/2010, de 25 de octubre, de modificación de la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra, derogó expresamente cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opusieran a lo dispuesto en la misma. Consecuentemente, la entrada en vigor de la misma conllevó la derogación parcial del Reglamento de jornadas, horarios y régimen retributivo de los miembros del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 1/2005, de 10 de enero, al resultar incompatible la regulación contenida en el mismo con la establecida en el texto legal que, por tanto, resultaba de directa aplicación en algunas materias como la compensación por la superación de las pruebas físicas.

Posteriormente, la Ley Foral 22/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2011, en su disposición adicional trigésima quinta, apartado dos, suprime la letra K del artículo 49 de la Ley Foral 15/2010, así como la disposición transitoria sexta de la Ley Foral 15/2010 de modificación de la Ley Foral 8/2007 de Policías de Navarra, referidas a la compensación por superación de pruebas físicas.

Consecuentemente, ante la ausencia de normativa tanto legal como reglamentaria que regule esta materia, se hace preciso aprobar la correspondiente regulación reglamentaria de la compensación por superación de las pruebas físicas de los miembros de la Policía Foral, para lo cual ya se ha iniciado el oportuno procedimiento de elaboración. No obstante, teniendo en cuenta la necesaria organización del servicio y el tiempo preciso para cumplimentar la tramitación de la correspondiente disposición reglamentaria, se hace necesario aprobar un régimen provisional y transitorio de esta materia que abarque desde el 1 de enero de 2011, fecha desde la que se produce la ausencia de normativa, hasta la entrada en vigor de la disposición reglamentaria que regule la compensación por la superación de las pruebas físicas de los miembros del Cuerpo de la Policía Foral.

Por último, la finalidad de la disposición adicional segunda es incorporar a los procesos selectivos de esta Administración la posibilidad de cubrir las vacantes que se generen por la declaración de empleados en situación de excedencia voluntaria al amparo del artículo 26.1.a) del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, de acuerdo con la modificación de este artículo recogida en la Ley Foral 16/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2010.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día siete de febrero de dos mil once,

DECRETO:

Artículo 1. Amortización y creación de plazas de la plantilla orgánica.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Uno.-Se amortizan las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de gastos:

Departamento de Presidencia, Justicia e Interior:

Dirección General de Interior.

Agencia Navarra de Emergencias.

-Una vacante de Operador Oficial de Coordinación, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 4150.

Dirección General de Justicia.

-Dos vacantes de Limpiador, de régimen laboral, nivel E, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 6312 y 6344.

Secretaría General Técnica.

-Una vacante de Obrero 4.ª, de régimen funcionarial, nivel E, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 115.

Departamento de Economía y Hacienda:

Hacienda Tributaria de Navarra.

-Dos vacantes de Titulado Superior (fijo discontinuo), de régimen laboral, nivel A, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 1152 y 1179.

-Dos vacantes de Titulado Grado Medio (fijo discontinuo), de régimen laboral, nivel B, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 1182 y 1201.

-Tres vacantes de Auxiliar Administrativo (fijo discontinuo), de régimen laboral, nivel D, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 4251, 4254 y 4258.

Departamento de Salud:

Instituto Navarro de Salud Laboral.

-Una vacante de A.T.S., de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 822.

Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente:

Dirección General de Desarrollo Rural.

-Una vacante de Ingeniero Técnico Agrícola, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2456.

-Una vacante de Técnico de Grado Medio, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 3808.

-Una vacante de Auxiliar Técnico IRYDA, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2534.

Dirección General de Medio Ambiente y Agua.

-Una vacante de Subcelador de Montes*, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2381.

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte:

Agencia Navarra para la Dependencia.

-Una vacante de Cocinero Primera, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 3144.

-Seis vacantes de Servicios Generales, de régimen funcionarial, nivel E, adscritas a la Residencia Santo Domingo de Estella e identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 2819, 3046, 3048, 3062, 6588 y 6591.

Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana:

Dirección General de Cultura.

-Una vacante de Bibliotecario, de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 33606.

-Una vacante de Administrativo, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 33323.

Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:

Complejo Hospitalario de Navarra.

-Dos vacantes de Administrativo, de régimen funcionarial, nivel C, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 60034 y 64135.

-Tres vacantes de E.V.L., de régimen funcionarial, nivel D, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 61477, 62246 y 62006.

Instituto de Salud Pública.

-Una vacante de Asistente Social, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 66997.

Servicios Centrales.

-Una vacante de Auxiliar de Enfermería, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 62161.

-Una vacante de Conserje, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 61470.

Atención Primaria.

-Una vacante de Ingeniero Técnico, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 67439.

-Una vacante de Celador, de régimen funcionarial, nivel E, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 60760.

Asistencia Especializada.

-Una vacante de Oficial de Fotocomposición, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 69362.

-Dos vacantes de Auxiliar de Enfermería, de régimen funcionarial, nivel D, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 62474 y 61294.

-Una vacante de Ordenanza, de régimen funcionarial, nivel E, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 61210.

Área de Salud de Estella.

-Una vacante de F.E.A./Adjunto a Otorrinolaringología, de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 63692.

Dos.-Se crean las plazas que se relacionan seguidamente, que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de gastos:

Departamento de Presidencia, Justicia e Interior:

Dirección General de Interior.

Agencia Navarra de Emergencias.

-Una vacante de Operador Auxiliar de Coordinación, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8721.

Dirección General de Justicia.

-Una vacante de Diplomado en Ciencias Empresariales, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8695.

Secretaría General Técnica.

-Una vacante de Oficial de Mantenimiento, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8733.

Departamento de Economía y Hacienda:

Hacienda Tributaria de Navarra.

-Cuatro vacantes de Agente Tributario, de régimen funcionarial, nivel C, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 8679, 8685, 8686 y 8687.

Departamento de Salud:

Instituto Navarro de Salud Laboral.

-Una vacante de Auxiliar Administrativo, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8688.

Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente:

Dirección General de Desarrollo Rural.

-Una vacante de Técnico de Grado Medio en Archivos, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8690.

-Una vacante de Ingeniero Técnico Topógrafo, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8689.

-Una vacante de Oficial Delineante, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8691.

Dirección General de Medio Ambiente y Agua.

-Una vacante de Guarda Forestal, de régimen funcionarial, nivel C, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8722.

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte:

Agencia Navarra para la Dependencia.

-Una vacante de Ayudante de Cocina, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8723.

-Seis vacantes de Cuidador Gerontológico, de régimen funcionarial, nivel D, adscritas a la Residencia Santo Domingo de Estella e identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 8724, 8725, 8726, 8727, 8728 y 8729.

Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana:

Dirección General de Cultura.

-Una vacante de Técnico Superior Museos, de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8730.

-Una vacante de Técnico Grado Medio en Archivos, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8731.

-Tres vacantes de Encargado de Biblioteca, de régimen funcionarial, nivel C, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 8692, 8693 y 8694.

Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:

Complejo Hospitalario de Navarra.

-Dos vacantes de Técnico Especialista de Documentación Sanitaria (T.E.D.S.), de régimen funcionarial, nivel C, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 70055 y 70060.

-Tres vacantes de Celador, de régimen funcionarial, nivel E, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 70049, 70058 y 70059.

Instituto de Salud Pública.

-Una vacante de A.T.S./D.U.E., de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 70056.

Servicios Centrales.

-Dos vacantes de Auxiliar Administrativo, de régimen funcionarial, nivel D, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 70052 y 70057.

Atención Primaria.

-Dos vacantes de Auxiliar Administrativo, de régimen funcionarial, nivel D, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 70053 y 70054.

Asistencia Especializada.

-Dos vacantes de Psicólogo Clínico, de régimen funcionarial, nivel A, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 70050 y 70051.

Área de Salud de Estella.

-Una vacante de A.T.S./D.U.E., de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 70070.

-Una vacante de Auxiliar de Enfermería, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 70071.

Artículo 2. Modificación de los requisitos de acceso a determinadas jefaturas.

1. Se modifica el anexo I del Decreto Foral 43/2006, de 3 de julio, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociado, en el sentido de asignar el nivel A o B, sin requisitos específicos, a la Jefatura del Negociado de Gestión Administrativa y Jurídica de la Dirección General de Obras Públicas del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones y a la Jefatura del Negociado de Ayudas a la Ganadería de la Dirección General de Agricultura y Ganadería del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (actualmente de Desarrollo Rural y Medio Ambiente).

2. Se modifica el anexo II del Decreto Foral 29/2010, de 10 de mayo, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de Sección y Negociado, que queda con la siguiente redacción respecto de la siguiente jefatura del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:

"6.º Centro: Área de Salud de Estella.

-Jefatura de Unidad de Enfermería de Materno Infantil y Docencia (número de plaza 68145).

Tipo Retributivo: III.

Nivel: B.

Estamento y Especialidades: Sanitario, A.3 (A.3.1 y A.3.2)."

Artículo 3. Asignación del grado de dominio de conocimiento del vascuence a una plaza del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Se asigna el grado de dominio 3 de conocimiento del vascuence a la plaza número 41 de Administrativo (nivel C), adscrita al Negociado de Información al Público y Registro de la Dirección General de Presidencia.

Artículo 4. Determinación del nivel de adscripción y de las retribuciones complementarias del puesto de trabajo de Agente Tributario de la Hacienda Tributaria de Navarra.

1. Se determina que el puesto de trabajo de Agente Tributario se adscribe al nivel C con las retribuciones complementarias asignadas al puesto de trabajo de Administrativo.

2. Además, en aplicación del artículo 40.4 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, los Agentes Tributarios podrán percibir un complemento de productividad, dada su consideración de personal de la Inspección Tributaria y su efectiva realización de funciones inspectoras. Su cuantía estará vinculada a la consecución de los objetivos y resultados que se establezcan por el Consejero de Economía y Hacienda, determinándose que será como máximo de un 35 por 100 del sueldo inicial de su correspondiente nivel.

Artículo 5. Determinación del rango de determinadas Agencias de Empleo del Servicio Navarro de Empleo.

Se determina que las Agencias de Empleo de Altsasu/Alsasua, Aoiz, Estella, Lodosa, Doneztebe/Santesteban y Tafalla tendrán rango de Negociado.

Artículo 6. Cambio de nivel de los puestos de trabajo de Jefe de Sala y de Operador Auxiliar de Coordinación de la Agencia Navarra de Emergencias.

1. Con efectos de 1 de enero de 2011, los puestos de trabajo de Jefe de Sala y de Operador Auxiliar de Coordinación de la Agencia Navarra de Emergencias se encuadran en los niveles B y C respectivamente de los establecidos en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

2. Las retribuciones complementarias de los referidos puestos de trabajo serán las siguientes, calculadas sobre el sueldo inicial del nuevo nivel de encuadramiento:

-Jefe de Sala: 21,55 por 100 de complemento de puesto de trabajo.

-Operador Auxiliar de Coordinación: 12 por 100 de complemento de nivel y 15,46 por 100 de complemento de puesto de trabajo.

3. Se declara "a extinguir" el puesto de trabajo de Operador Oficial de Coordinación (nivel C).

4. Se mantiene la vigencia de las listas de contratación existentes en la actualidad para estos puestos de trabajo, así como las de aspirantes en situación de servicios especiales para la formación.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera.-Régimen provisional y transitorio de compensación por la superación de las pruebas físicas de los miembros del Cuerpo de la Policía Foral.

1. Al personal de la Policía Foral que presta sus servicios en régimen horario de cómputo en días, así como aquellos que correspondiéndoles otro tipo de jornada hubiesen optado por la compensación económica derivada de la superación de las pruebas físicas, se les incrementará el complemento de puesto de trabajo en un 10 por 100 del sueldo inicial de su respectivo nivel, siempre que hubieran superado las pruebas físicas convocadas en septiembre de 2010.

2. El resto del personal de la Policía Foral disfrutará de una compensación horaria de 21 horas cada dos meses, siempre que hubieran superado las pruebas físicas convocadas en septiembre de 2010, salvo que opten por la compensación económica dentro del plazo que al efecto se les otorgue. Su disfrute quedará condicionado por las necesidades del servicio, acumulándose a las del periodo siguiente en el supuesto de que no puedan ser disfrutadas por este motivo.

3. La compensación horaria prevista en el apartado anterior resultará también de aplicación a los integrantes de la XX Promoción de Policías de Navarra, que tomaron posesión del puesto de Policía Foral el día 16 de diciembre de 2010, salvo que opten por la compensación económica dentro del plazo que al efecto se les otorgue.

4. Quienes por causa de embarazo, accidente laboral o enfermedad profesional no hubieran podido realizar las pruebas físicas convocadas en septiembre de 2010, generarán el derecho a la compensación prevista en los apartados anteriores siempre que hubieran superado las pruebas físicas de la última convocatoria a la que pudieron presentarse antes del inicio de las referidas situaciones.

5. El personal que no hubiera podido realizar por causa justificada las pruebas físicas convocadas en septiembre de 2010 y supere las que se convoquen en el mes de marzo de 2011, generará el derecho a la compensación prevista en los apartados anteriores con efectos igualmente desde el 1 de enero de 2011.

6. El personal de la División de Protección de Autoridades, que presta sus servicios en régimen horario de cómputo en días, trabajará 165 días por año, comprensivos tanto de los servicios efectivamente prestados como de la disponibilidad propia del personal adscrito a esta División.

7. Cuando sea necesario reclutar personal para prestar servicios en jornadas no previstas en los calendarios de trabajo, se requerirá con carácter preferente a quienes hubieran optado por la compensación económica derivada de la superación de las pruebas físicas.

8. En el supuesto de que el personal que hubiera optado por la compensación horaria sea reclutado para prestar servicios en alguna jornada no prevista en su calendario de trabajo, las horas que trabaje hasta alcanzar el número de las que son objeto de compensación horaria se retribuirán en todo caso mediante el abono de la cuantía fijada para las horas extraordinarias realizadas en día laborable.

9. El régimen provisional y transitorio contenido en esta disposición adicional resultará de aplicación desde el 1 de enero de 2011 hasta la entrada en vigor de la disposición reglamentaria que regule la compensación por la superación de las pruebas físicas de los miembros del Cuerpo de la Policía Foral, estando sujeto a la regularización que, en su caso, pueda contener la referida disposición reglamentaria.

Disposición adicional segunda.-Cobertura de vacantes en los procesos selectivos derivada de la declaración de empleados en la situación de excedencia voluntaria.

Con efectos de 1 de enero de 2010, en las convocatorias de ingreso en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos en las que concurran aspirantes que adquieran la condición de personal funcionario o de personal laboral fijo y que, sin desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, en los supuestos previstos en la normativa vigente, las correspondientes vacantes se cubrirán con los aspirantes incluidos inmediatamente a continuación en la relación de aprobados.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición Final Primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del Decreto Foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para dictar las disposiciones precisas para el desarrollo y ejecución de este Decreto Foral.

Disposición Final Segunda.-Entrada en vigor.

Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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