Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 18/02/2011
 
 

Estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros

18/02/2011
Compartir: 

Orden EDU/91/2011, de 9 de febrero, por la que se modifica la Orden EDU/1941/2008, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros (BOCYL de 17 de febrero de 2011). Texto completo.

ORDEN EDU/91/2011, DE 9 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EDU/1941/2008, DE 7 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA ESTANCIAS BREVES EN CENTROS DE INVESTIGACIÓN NACIONALES O EXTRANJEROS.

Mediante la Orden EDU/1941/2008, de 7 de noviembre, (“B.O.C. y L. “ n.º 221, de 14 de noviembre) se establecieron las bases reguladoras de las ayudas para estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros.

La posterior entrada en vigor de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en cuyo artículo 6.2 se establecen los contenidos mínimos que han de tener las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, obliga a introducir modificaciones en la citada Orden, concretando el órgano instructor y la intervención de una comisión de selección y su composición. Además la experiencia acumulada en esta línea de ayudas aconseja precisar los criterios de valoración para atender a la pluralidad de situaciones en que los posibles beneficiarios puedan encontrarse.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único.- Modificación de la Orden/1941/2008, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros.

La Orden/1941/2008, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. El artículo 4.4 queda redactado como sigue:

“4.4. La Dirección General de Universidades e Investigación llevará a cabo la instrucción del procedimiento examinando las solicitudes presentadas y comprobando el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Orden de convocatoria.

Las solicitudes serán valoradas, conforme a los criterios que se establecen en el artículo 5, por una comisión de selección cuya composición se determina en el citado artículo.

La Dirección General de Universidades e Investigación, a la vista del expediente y del informe de la comisión de selección, formulará propuesta razonada de resolución al Consejero de Educación, quien resolverá.”

Dos. El artículo 5 queda redactado como sigue:

“Artículo 5.- Comisión de selección y criterios de valoración.

1. La comisión de selección estará integrada por los siguientes miembros:

a) El Director General de Universidades e Investigación o persona en quien delegue, que la presidirá.

b) Dos funcionarios de la Dirección General de Universidades e Investigación, designados por su titular, de los cuales uno de ellos actuará como Secretario.”

2. La comisión de selección valorará las solicitudes conforme a los siguientes criterios:

a) En primer lugar, tendrán prioridad los solicitantes que no hayan sido previamente beneficiarios de ayudas para estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros convocadas por la Comunidad de Castilla y León.

b) En segundo lugar, los solicitantes que hayan sido beneficiarios de estas ayudas para estancias breves en centros de investigación nacionales o extranjeros convocadas por la Comunidad de Castilla y León.

c) En ambos supuestos, tendrán preferencia los solicitantes de las convocatorias de formación de personal investigador o de contratación de personal investigador de reciente titulación universitaria más antiguas y dentro de ellas los solicitantes se ordenarán en función de la puntuación obtenida en el proceso de selección que se llevó a cabo para la concesión de las becas de formación de personal investigador o de las ayudas a la contratación de personal investigador de reciente titulación.”

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Valladolid, 9 de febrero de 2011.

Noticias Relacionadas

  • Ayudas destinadas a incentivar la mejora de las condiciones de comercialización de los productos industriales
    Decreto 47/2011, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 96/2008, de 23 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a incentivar la mejora de las condiciones de comercialización de los productos industriales, incluyendo los productos de la industria agroalimentaria, elaborados en Extremadura (DOE de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Ayudas económicas destinadas a la organización y promoción de ferias
    Decreto 48/2011, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 225/2010, de 29 de diciembre, por el que se establecen las ayudas económicas destinadas a la organización y promoción de ferias comerciales oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la convocatoria de ayudas para el año 2011 (DOE de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Ayudas en materia de formación e incorporación de personal investigador
    Decreto 46/2011, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 146/2010, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de formación e incorporación de personal investigador previstas en el programa de formación, incorporación y movilidad de recursos humanos del IV Plan Regional de I+D+i, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Departamento de Salud
    Decreto 330/2011, de 3 de mayo, por el que se derogan varias disposiciones reglamentarias referidas a las materias que son competencia del Departamento de Salud (DOGC de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Modificación de diversos Decretos en materia de juego
    Decreto 91/2011, de 19 de abril, por el que se modifican diversos Decretos en materia de juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Registro Electrónico del Ministerio de Cultura
    Orden CUL/1132/2011, de 28 de abril, por la que se aprueba el sistema de firma electrónica de clave concertada para actuaciones en el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura y se modifica la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura (BOE de 6 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios
    Orden PRE/1131/2011, de 4 de mayo, por la que se modifica el Anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, a fin de incluir las sustancias activas flonicamid (IKI-220), fluoruro de sulfurilo, FEN 560 (semillas de fenogreco en polvo), se modifica la caducidad de la sustancia activa carbendazima y otras determinadas sustancias activas y se amplía el uso de la sustancia activa 2-fenilfenol (BOE de 6 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes
    Decreto Foral-Norma 1/2011, de 1 de febrero, por el que se introducen modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en los Impuestos Especiales (BOPV de 4 de mayo de 2011). Texto completo. 05/05/2011
  • Pago telemático de las autoliquidaciones de tributos
    Orden HAC/502/2011, de 3 de mayo, por la que se modifica la Orden HAC/270/2006, de 21 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la presentación y el pago telemático de las autoliquidaciones de tributos gestionados por la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 4 de mayo de 2011). Texto completo. 05/05/2011
  • Actuaciones de respuesta inmediata
    Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata (BOC de 2 de mayo de 2011). Texto completo. 04/05/2011

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana