Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/01/2011
 
 

Subvenciones a efectuar por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

21/01/2011
Compartir: 

Orden FAM/1825/2010, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden FAM/112/2009, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones a efectuar por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades (BOCYL de 20 de enero de 2011). Texto completo.

ORDEN FAM/1825/2010, DE 27 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FAM/112/2009, DE 20 DE ENERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR LAS CONVOCATORIAS DE SUBVENCIONES A EFECTUAR POR LA CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.

La Orden FAM/112/2009, de 20 de enero, aprobó las bases reguladoras de las subvenciones objeto de convocatoria por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, estableciendo así su régimen jurídico.

Por Orden FAM/2399/2009, de 21 de diciembre, se introdujeron diversas modificaciones relacionadas con la mejora de la gestión de este instrumento de fomento de la actividad privada.

Por Acuerdo 44/2010, de 14 de mayo, de la Junta de Castilla y León, se aprueba la Agenda para la Población de Castilla y León 2010-2020, que incluye en el apartado de refuerzo de las medidas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, a partir de 2011, nuevos supuestos en la línea de incentivos a las empresas que fomenten la flexibilización horaria de sus trabajadores así como potenciación de las ayudas a la reducción de jornada.

Ello, y la conveniencia de mejorar la gestión de otras líneas de subvención del ámbito competencial de esta Consejería, determina la necesidad de introducir diversas modificaciones en el régimen jurídico establecido por las precitadas bases reguladoras que han de regir las convocatorias de las subvenciones que puedan efectuarse.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido por la Ley 5/2008 Vínculo a legislación, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 38/2003 Vínculo a legislación, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 88/2006, de 21 de julio, en lo que resulte de aplicación, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 26 Vínculo a legislación de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Artículo Único.- Modificación de la Orden FAM/112/2009, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones a efectuar por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

La Orden FAM/112/2009, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones a efectuar por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, se modifica en los siguientes términos:

Uno. El párrafo primero de la base XX del apartado D del Anexo II, relativa a las subvenciones dirigidas a empresas con centros de trabajo en Castilla y León para el apoyo de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, queda redactado del siguiente modo:

“XX.- Actuaciones subvencionables.

Será subvencionable la adopción en el marco de la empresa de medidas de flexibilización horaria, tales como flexibilidad horaria en las horas de entrada y salida del centro de trabajo, sistemas de compensación de días y horas, jornada continua, jornada intensiva algún día de la semana o en períodos coincidentes con vacaciones escolares, permisos especiales en casos de emergencias familiares, teletrabajo, jornadas comprimidas o de finalización de la jornada a las 18:00 horas, implantación de jornadas que permitan la compatibilización de horarios escolares y laborales e implantación de permisos retribuidos para atender enfermedades graves de familiares hasta el segundo grado.”

Dos. El número 2 de la Base XXVIII del apartado E del Anexo II, relativa a las subvenciones dirigidas a padres y/o madres de Castilla y León para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, queda redactado en los siguientes términos:

“XXVIII.- Cuantía de la subvención.

2. Cuando la actividad subvencionable consista en el ejercicio del derecho de reducción de la jornada laboral la cuantía de la subvención a conceder se determinará con arreglo a los criterios que se especifiquen en las convocatorias en función de la duración de la reducción de la jornada laboral.”

Tres. El número 3 de la Base XV del Anexo III, relativa a las subvenciones dirigidas a la realización de cursos de Formación Profesional Ocupacional y Foros sobre la Mujer del siglo XXI, queda redactado en los siguientes términos:

“3. Las entidades beneficiarias podrán subcontratar con terceros la ejecución de las actividades subvencionables, con sujeción a los límites y requisitos establecidos en el artículo 29 Vínculo a legislación de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En ningún caso, podrá subcontratarse la ejecución de la actividad subvencionada con personas o entidades que se hallen en alguno de los supuestos previstos en el artículo 68.2 Vínculo a legislación del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley General de Subvenciones Vínculo a legislación.”

Cuatro. Introducir en el número 1 de la Base XVIII del citado Anexo III, y relativa a las subvenciones dirigidas a la realización de cursos de Formación Profesional Ocupacional y Foros sobre la Mujer del siglo XXI, un número nuevo con la siguiente redacción:

“1.5. Estar la Entidad solicitante constituida como Federación de Asociaciones de Mujeres”

Cinco. Suprimir el número 2.2 de la Base XIX del precitado Anexo III y relativa a las subvenciones dirigidas a la realización de cursos de Formación Profesional Ocupacional y Foros sobre la Mujer del siglo XXI.

Disposición Final.- Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Noticias Relacionadas

  • Ayudas destinadas a incentivar la mejora de las condiciones de comercialización de los productos industriales
    Decreto 47/2011, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 96/2008, de 23 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a incentivar la mejora de las condiciones de comercialización de los productos industriales, incluyendo los productos de la industria agroalimentaria, elaborados en Extremadura (DOE de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Ayudas económicas destinadas a la organización y promoción de ferias
    Decreto 48/2011, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 225/2010, de 29 de diciembre, por el que se establecen las ayudas económicas destinadas a la organización y promoción de ferias comerciales oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la convocatoria de ayudas para el año 2011 (DOE de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Ayudas en materia de formación e incorporación de personal investigador
    Decreto 46/2011, de 29 de abril, por el que se modifica el Decreto 146/2010, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de formación e incorporación de personal investigador previstas en el programa de formación, incorporación y movilidad de recursos humanos del IV Plan Regional de I+D+i, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Departamento de Salud
    Decreto 330/2011, de 3 de mayo, por el que se derogan varias disposiciones reglamentarias referidas a las materias que son competencia del Departamento de Salud (DOGC de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Modificación de diversos Decretos en materia de juego
    Decreto 91/2011, de 19 de abril, por el que se modifican diversos Decretos en materia de juego de la Comunidad Autónoma de Andalucía para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 5 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Registro Electrónico del Ministerio de Cultura
    Orden CUL/1132/2011, de 28 de abril, por la que se aprueba el sistema de firma electrónica de clave concertada para actuaciones en el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura y se modifica la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura (BOE de 6 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios
    Orden PRE/1131/2011, de 4 de mayo, por la que se modifica el Anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, a fin de incluir las sustancias activas flonicamid (IKI-220), fluoruro de sulfurilo, FEN 560 (semillas de fenogreco en polvo), se modifica la caducidad de la sustancia activa carbendazima y otras determinadas sustancias activas y se amplía el uso de la sustancia activa 2-fenilfenol (BOE de 6 de mayo de 2011). Texto completo. 06/05/2011
  • Modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes
    Decreto Foral-Norma 1/2011, de 1 de febrero, por el que se introducen modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en el Impuesto sobre el Valor Añadido y en los Impuestos Especiales (BOPV de 4 de mayo de 2011). Texto completo. 05/05/2011
  • Pago telemático de las autoliquidaciones de tributos
    Orden HAC/502/2011, de 3 de mayo, por la que se modifica la Orden HAC/270/2006, de 21 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la presentación y el pago telemático de las autoliquidaciones de tributos gestionados por la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 4 de mayo de 2011). Texto completo. 05/05/2011
  • Actuaciones de respuesta inmediata
    Orden de 25 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo de la Orden de 5 de diciembre de 2008 por la que se implantan actuaciones de respuesta inmediata (BOC de 2 de mayo de 2011). Texto completo. 04/05/2011

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana