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Estructura orgánica y competencias de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda

23/12/2010
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Decreto 241/2010, de 21/12/2010, por el que se modifica el Decreto 81/2010, de 1 de junio, de estructura orgánica y competencias de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda (DOCM de 22 de diciembre de 2010). Texto completo.

DECRETO 241/2010, DE 21/12/2010, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 81/2010, DE 1 DE JUNIO, DE ESTRUCTURA ORGÁNICA Y COMPETENCIAS DE LA VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA.

La Ley 13/2010 Vínculo a legislación, de 9 de diciembre, de reordenación del sector público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, introduce modificaciones de carácter organizativo y estructural en el seno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que afectan directamente a determinados organismos autónomos, entidades de derecho público y empresas públicas regionales y, de modo indirecto, a las consejerías de adscripción.

Entre otras medidas, la Ley prevé la extinción del organismo autónomo “Instituto de Estadística de Castilla-La Mancha”;

la fusión por absorción de la empresa pública “Instituto de Promoción Turística de Castilla-La Mancha, S.A.” por la empresa pública “Sociedad Don Quijote de Conmemoraciones Culturales de Castilla-La Mancha, S.A.”, que pasa a denominarse “Instituto Don Quijote de Promoción Turística, Cultural y Artesana de Castilla-La Mancha”; y la disolución de la empresa pública “Agencia de Captación de Inversiones de Castilla-La Mancha, S.A.”.

En su virtud, a iniciativa de la Vicepresidenta y Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 21 de diciembre de 2010, Dispongo:

Artículo único. Modificación del Decreto 81/2010, de 1 de junio, de estructura orgánica y competencias de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda.

Se modifica el Decreto 81/2010, de 1 de junio, de estructura orgánica y competencias de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, en los siguientes términos:

Uno. Se da una nueva redacción a la letra r) del artículo 1, que pasará a tener el siguiente contenido:

“r) Las funciones que la Ley 10/2002 Vínculo a legislación, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha, atribuye a la consejería competente en materia de estadística”.

Dos. Se añade una nueva letra s) al artículo 1, con el siguiente contenido:

“s) Cualesquiera otras de naturaleza análoga a las enumeradas anteriormente que no hubieran sido atribuidas expresamente a otro órgano o ente de la Comunidad Autónoma” Tres. Se da una nueva redacción al artículo 6, en los siguientes términos:

“Artículo 6.

1. A la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios le corresponden las siguientes funciones:

1.1. En materia de presupuestos:

a) La coordinación financiera y presupuestaria del sector público regional.

b) Los estudios y trabajos previos de elaboración del anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

c) El análisis y seguimiento del sistema de financiación autonómica y de los fondos destinados a financiar las competencias de la Comunidad Autónoma, así como el estudio y evaluación de los recursos vinculados a los traspasos de competencias y servicios y su incorporación al presupuesto.

d) La tramitación de los expedientes de créditos extraordinarios y suplementos de crédito.

e) La elaboración de las plantillas presupuestarlas del personal al servicio de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha.

f) El seguimiento e impulso de la ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha y del cumplimiento de las disposiciones de carácter presupuestario.

1.2. En materia de economía y gestión de fondos comunitarios:

a) La elaboración, coordinación de las tareas de elaboración y el seguimiento de los programas operativos comunitarios financiados por los fondos europeos y de otras intervenciones vinculadas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional o al Fondo de Cohesión.

b) La realización de análisis, previsiones y estudios económicos sobre la situación de la economía regional.

1.3. La ejecución de las funciones que la Ley 10/2002 Vínculo a legislación, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha, atribuye a la consejería competente en materia de estadística.

2. Se adscribe a la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios el Servicio de Estadística de Castilla- La Mancha.” Cuatro. Se da una nueva redacción a la disposición adicional única, que pasará a tener el siguiente contenido:

“Disposición adicional única.

Están adscritos a la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda :

a) El Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2002 Vínculo a legislación, de 7 de marzo, de creación del mismo.

b) La empresa pública “Sociedad para el Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha, S.A”.

c) La empresa pública “Instituto Don Quijote de Promoción Turística, Cultural y Artesana de Castilla-La Mancha, S.A.”, creada por la Ley 16/2002, de 11 de julio, del IV Centenario de la Publicación de El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha, en redacción dada por la Ley 13/2010 Vínculo a legislación, de 9 de diciembre, de reordenación del sector público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha”.

Cinco. Se añade una disposición transitoria única, que tendrá la siguiente redacción:

“Disposición Transitoria única.

1. El “Instituto de Promoción Turística de Castilla-La Mancha, S.A.” y la “Agencia de Captación de Inversiones, S.A.”, permanecerán adscritos a la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda hasta que se produzca su disolución definitiva, en los términos previstos en la Ley 13/2010 Vínculo a legislación, de 9 de diciembre, de reordenación del sector público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha”.

2. La mención que en la disposición adicional única de este Decreto se hace a la empresa pública “Instituto Don Quijote de Promoción Turística, Cultural y Artesana de Castilla-La Mancha, S.A., se entenderá referida a la “Sociedad Don Quijote de Conmemoraciones Culturales de Castilla-La Mancha, S.A.”, mientras la empresa pública mantenga esta denominación social.”.

Disposición adicional única.

A iniciativa de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas aprobará la modificación de la relación de puestos de trabajo de la citada consejería, para su adecuación a su nueva estructura orgánica.

Disposición transitoria única.

Hasta que se produzca la modificación de la relación de puestos de trabajo a la que se refiere la disposición adicional única de este Decreto, las unidades administrativas, los puestos de trabajo y el personal que estaban adscritos al Instituto de Estadística de Castilla-La Mancha pasarán a integrarse en la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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