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Determinación de las áreas de funcionamiento del Consejo de Dirección de la Universidad del País Vasco

01/10/2010
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Resolución de 24 de agosto de 2010, del Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se modifica la Resolución de 26 de enero de 2009, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento del Consejo de Dirección y de delegación de competencias (BOPV de 30 de septiembre de 2010). Texto completo. (Ref. Iustel §007121 Vínculo a legislación)

La Resolución de 24 de agosto de 2010 modifica el apartado primero de la Resolución de 26 de enero de 2009, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento del Consejo de Dirección y de delegación de competencias, para que la materia relativa a Becas y Ayudas AECID pase a estar entre las incluidas en el Área de Responsabilidad Social y Proyección Universitaria.

La Resolución de 26 de enero de 2009, del Rector de la Universidad Del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento del consejo de dirección y de delegación de competencias puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

RESOLUCIÓN DE 24 DE AGOSTO DE 2010, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 26 DE ENERO DE 2009, SOBRE ESTRUCTURA Y DETERMINACIÓN DE LAS ÁREAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN Y DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS.

En el Boletín Oficial del País Vasco de 24 de febrero de 2009 se publicó la última Resolución sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento del Consejo de Dirección y de delegación de competencias Vínculo a legislación.

Por un lado, en la letra h) del apartado 1.6 del punto primero de la citada Resolución, relativa a la estructura y determinación de las áreas de funcionamiento del Consejo de Dirección, se recoge entre las materias que comprende el área de Proyección Internacional la de becas y ayudas AECID (Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo).

Así mismo, en la letra b) del apartado 1.7 del punto primero de la mencionada Resolución, entre las materias comprendidas en el área de Responsabilidad Social y Proyección Universitaria, se encuentra la de Oficina de Cooperación al Desarrollo.

Teniendo en cuenta las funciones que tiene atribuidas la Oficina de Cooperación al Desarrollo, resulta conveniente que la materia relativa a Becas y Ayudas AECID pase a estar entre las incluidas en el Área de Responsabilidad Social y Proyección Universitaria, en aras a una mayor coherencia en la distribución de dicha materias y lograr una gestión más ágil de las mismas.

Por todo ello,

Al amparo de las competencias que tengo conferidas en los artículos 248 y 252 de los Estatutos de la Universidad, y con lo previsto en los artículos 12 Vínculo a legislación y 13 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO:

Modificar el punto primero de la Resolución de 26 de Vínculo a legislación enero de 2009 sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento del Consejo de Dirección y delegación de competencias, en el sentido siguiente:

Único.- Eliminar la letra h) “Becas y Ayudas AECID” del apartado 1.6, Área de Proyección Internacional, e incluirla en el apartado 1.7, Área de Responsabilidad Social y Proyección Universitaria, subapartado de Responsabilidad Social, como letra c), corrigiéndose por tanto las siguientes letras de este subapartado.

La nueva redacción de los apartados 1.6 y 1.7 quedaría de la forma siguiente:

“1.6.- Área de Proyección Internacional.

El área de Proyección Internacional comprende las siguientes materias:

a) Actividades en colaboración con Universidades u otro tipo de entidades extranjeras, y en particular con universidades de Aquitania.

b) Gestión y promoción de acciones de intercambio del alumnado, personal docente e investigador y personal de administración y servicios con entidades extranjeras.

c) Información a los Vicerrectorados y seguimiento en su caso de los programas internacionales de interés para la UPV/EHU en los ámbitos docente, investigador, organizativo o financiero.

d) Programas Sicue/Séneca.

e) Actividades de colaboración con entidades públicas o privadas en el ámbito de los cursos de euskera y de español como lenguas extranjeras, así como de otras lenguas distintas a las oficiales de la Universidad, sin perjuicio de la específica que corresponda a otros Vicerrectorados en esta materia.

f) Estudio y seguimiento de la situación de la UPV/EHU en las clasificaciones internacionales.

g) Todas aquellas otras que le encomiende el Rector en el ámbito de las acciones necesarias para la convergencia en Europa.

1.7.- Área de Responsabilidad Social y Proyección Universitaria.

El área de Responsabilidad Social y Proyección Universitaria comprende las siguientes materias:

1) Responsabilidad Social:

a) Actividades de colaboración con entidades públicas o privadas en el ámbito del voluntariado, la cooperación universitaria al desarrollo, la sensibilización medioambiental y la perspectiva de género.

b) Oficina de Cooperación al Desarrollo.

c) Becas y ayudas AECID.

d) Voluntariado y cooperación universitaria al desarrollo.

e) Responsabilidad en desarrollo sostenible.

f) Dirección de Igualdad.

g) Cultura de paz, convivencia y respeto a los derechos humanos”.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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