ORDEN DE 6 DE NOVIEMBRE DE 2008, DEL CONSEJERO DE INTERIOR, POR LA QUE SE FIJA EL PRECIO PÚBLICO DEL CURSO DE AUTOAPRENDIZAJE DE EUSKERA FUERA DEL HORARIO LABORAL DIRIGIDO A LOS FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA ERTZAINTZA EN EL CURSO ACADÉMICO 2008-2009.
En virtud de las facultades que me confiere el artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley 13/1998, de 29 de mayo, de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y de acuerdo con el Decreto 161/1998, de 21 de julio, por el que se determinan los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en la Comunidad Autónoma del País Vasco, habiéndose informado favorablemente el expediente correspondiente por los Órganos competentes del Departamento de Hacienda y Administración Pública,
DISPONGO:
Artículo 1.- Precio público de matriculación en curso de autoaprendizaje de euskera.
El precio público de matriculación en curso académico completo 2008-2009 de autoaprendizaje de euskera correspondiente al perfil lingüístico I dirigido a funcionarios y funcionarias de la Ertzaintza, para su realización fuera del horario laboral, será de 260 euros.
Artículo 2.- Forma de pago y plazo.
El pago del importe del precio público se realizará en efectivo, conforme al artículo 21 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mediante la intermediación de entidad financiera y en el momento de la matriculación para la realización del curso.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.