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  • EDICIÓN DE 18/07/2008
 
 

Modificación del Decreto 144/2001

18/07/2008
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Resolución de 20 de junio de 2008 por la que se da publicidad al acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 19 de junio de 2008, por el que se actualizan los importes previstos en el anexo IV del Decreto 144/2001, de 7 de junio, de indemnizaciones por razón de servicios al personal con destino en la Administración autonómica de Galicia (DOG de 17 de julio de 2008). Texto completo. (Ref. Iustel §004786 Vínculo a legislación)

La Resolución de 20 de junio de 2008 actualiza los importes establecidos en el anexo IV del Decreto 144/2001 Vínculo a legislación, de 7 de junio, de indemnizaciones por razón de servicios al personal con destino en la Administración autonómica de Galicia por la asistencia por participación en tribunales de oposición o concursos o de otros órganos encargados de la selección de personal.

El Decreto 144/2001, de 7 de junio, sobre indemnizaciones por razón del servicio al personal con destino en la Administración autonómica de Galicia puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación de Iustel.

RESOLUCIÓN DE 20 DE JUNIO DE 2008 POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL ACUERDO DEL CONSELLO DE LA XUNTA DE GALICIA, DE 19 DE JUNIO DE 2008, POR EL QUE SE ACTUALIZAN LOS IMPORTES PREVISTOS EN EL ANEXO IV DEL DECRETO 144/2001, DE 7 DE JUNIO, DE INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DE SERVICIOS AL PERSONAL CON DESTINO EN LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA DE GALICIA.

El Decreto 144/2001 Vínculo a legislación, de 7 de junio, de indemnizaciones por razón de servicios al personal con destino en la Administración autonómica de Galicia regula, en su artículo 26, las asistencias que se abonarán por la concurrencia a las sesiones de los tribunales de oposiciones y concursos u otros órganos encargados de selección de personal o de pruebas que sea necesario superar para el ejercicio de profesiones o para la realización de actividades, y remite a las cuantías señaladas en su anexo IV.

En relación con dichas cuantías, la disposición final cuarta prevé su revisión periódica mediante acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

El tiempo transcurrido desde la aprobación del decreto mencionado, que entró en vigor el 25 de junio de 2001, y el número de órganos incluidos en su ámbito de aplicación, aconsejan llevar a cabo la actualización de los importes señalados en el referido anexo IV.

En consecuencia, a propuesta de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día 19 de junio de dos mil ocho, adoptó el siguiente

ACUERDO:

Primero.-Aprobar la actualización de los importes establecidos en el anexo IV del Decreto 144/2001 Vínculo a legislación, de 7 de junio, de indemnizaciones por razón de servicios al personal con destino en la Administración autonómica de Galicia por la asistencia por participación en tribunales de oposición o concursos o de otros órganos encargados de la selección de personal, de acuerdo con la previsión recogida en la disposición final cuarta del mismo texto normativo.

Esta actualización se realizará teniendo en cuenta los porcentajes del índice de precios al consumo previstos en las leyes generales de presupuestos para la Comunidad Autónoma de Galicia correspondientes a los ejercicios 2001 a 2008.

De acuerdo con lo expuesto, los importes resultantes que se abonarán por cada asistencia derivada de la participación en tribunales de oposición o concursos o de otros órganos encargados de la selección de personal será la siguiente:

Categorías Importe (€)

-Categoría primera:

Presidente y secretario 52,71

Vocales 49,20

-Categoría segunda:

Presidente y secretario 49,20

Vocales 45,70

-Categoría tercera:

Presidente y secretario 45,70

Vocales 42,17

-Categoría cuarta:

Presidente y secretario 42,17

Vocales 38,66

-Categoría quinta:

Presidente y secretario 38,66

Vocales 35,15

Segundo.-Ordenar la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

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