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La Audiencia Nacional condena a 50 años de prisión al etarra Lupiañez por el secuestro de una familia en 2007

15/04/2019
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La Audiencia Nacional ha condenado a 50 años de prisión al etarra Gorka Joseba Lupiañez Mintegui por participar en el secuestro de una familia en agosto de 2007 a la que se sustrajo la autocaravana para atentar después contra una torre de red eléctrica en Castellón.

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

El 24 de agosto de 2007, una pareja y su hijo de entonces 4 años que estaban de vacaciones por la costa atlántica de Francia fueron asaltados por cuatro individuos que dijeron ser policías, quienes después les ataron de pies y manos y les taparon los ojos y la boca. Uno de los asaltantes se puso al volante de la autocaravana y llevaron a la familia a una vivienda en la localidad de Gurs, donde las víctimas estuvieron atadas a una cama hasta el día 26.

Ese día les llevaron a las inmediaciones de un bosque y allí durmieron junto a uno de los secuestradores. Al día siguiente fueron liberados, después de que los captores confirmaran que el atentado se había llevado a cabo. La familia tuvo que caminar por la carretera hasta que fue recogida por un vehículo que les trasladó a Tartas, donde denunciaron los hechos a la policía.

La autocaravana fue utilizada para el atentado contra una torre de la red eléctrica en Castellón por el que los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola ya fueron condenados. Ahora, Lupiañez, quien ya cumplía sentencia por pertenencia a la banda terrorista como logista, ha sido condenado a 7 años por un delito de robo con intimidación, a 36 años por tres delitos de detención ilegal y a otros 7 por tenencia o depósito de explosivos.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal afirma en su sentencia que el "conjunto de las pruebas" practicadas durante el juicio, que se celebró entre finales de febrero y principios de marzo, ha resultado "suficiente" para "anular la presunción de inocencia que protege al acusado, permitiendo desmontar y dejar sin efecto la declaración exculpatoria prestada en el plenario". Pero también "para dejar sin efecto la existencia de una hipotética duda acerca de su participación", añade.

DECLARACIONES CONTRADICTORIAS

Los magistrados apuntan que llegan a esta conclusión tras el "análisis detallado, coherente y cohonestado" de todas estas pruebas y por las contradictorias declaraciones de Lupiañez no sólo durante la vista oral, "sino en cuantas ocasiones ha sido preguntado al efecto". Para la Sala, se ha puesto "una vez más en evidencia la mendicidad" de sus comparecencias.

La resolución que se ha dado a conocer este jueves repasa toda la actividad probatoria practicada en el juicio y concluye que "los hechos tuvieron lugar como se describe en el escrito de acusación y no como dice el acusado --quien siempre negó los hechos--, desmontando la invericidad de su declaración".

Según ese escrito de Fiscalía, los restos biológicos de Lupiáñez hallados en un saco de dormir en un piso en Francia donde ETA escondía un arsenal, así como las huellas dactilares suyas que aparecieron tanto en la casa donde estuvo secuestrada la familia como en el coche que la banda terrorista utilizó para trasladarla a aquella vivienda y después liberarla en mitad del monte son prueba suficiente de su participación.

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