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Subvenciones en materia de organización de acciones formativas a organizaciones sindicales

01/10/2012
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Resolución de 21 de septiembre de 2012, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan, para el ejercicio 2012, las subvenciones reguladas por la Orden de 24 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas a organizaciones sindicales (BOJA de 28 de septiembre de 2012). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2012, DEL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL EJERCICIO 2012, LAS SUBVENCIONES REGULADAS POR LA ORDEN DE 24 DE FEBRERO DE 2011, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ORGANIZACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS A ORGANIZACIONES SINDICALES.

La Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 24 de febrero de 2011 (BOJA núm. 51, de 14 de marzo; corrección de errores en BOJA núm. 91, de 11 de mayo), aprobó las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas a organizaciones sindicales.

En el marco de las citadas bases reguladoras, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como el artículo 22 Vínculo a legislación del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamente de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, corresponde a la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública la convocatoria de la presente línea de subvenciones. Asimismo, y de conformidad con el artículo 23 de aquél, junto con la convocatoria se incorporará el correspondiente formulario de solicitud.

En virtud de la referida habilitación, y en uso de las atribuciones conferidas a esta Dirección por el artículo 12 Vínculo a legislación del Decreto 277/2009, de 16 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública,

R E S U E L V O

Primero. El Instituto Andaluz de Administración Pública convoca para el ejercicio 2012 la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas a organizaciones sindicales.

Segundo. Los requisitos y el procedimiento de concesión serán los establecidos en la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 24 de febrero de 2011, por la que se establecen las correspondientes bases reguladoras (corrección de errores en BOJA núm. 91, de 11 de mayo), sin perjuicio de la aplicación del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y demás normas de aplicación.

Tercero. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se concederán con cargo a los créditos presupuestarios correspondientes a la aplicación 01.10.31.18.00.482.00.12B, del Presupuesto del Instituto Andaluz de Administración Pública para 2012.

A la presente línea de subvenciones se destinará una cuantía total máxima de 178.486,15 euros, encontrándose limitada en todo caso la concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria por las disponibilidades presupuestarias.

Cuarto. Las solicitudes se ajustarán al formulario que se incorpora como Anexo I de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el articulado y en el cuadro resumen de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de fecha 24 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas a organizaciones sindicales, siendo suscritas por aquella persona que tenga capacidad para representar a la Organización Sindical e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.

El formulario del Anexo I se podrá obtener en los lugares y a través de los medios especificados en el artículo 10 de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras.

Las alegaciones, la reformulación, la aceptación y presentación de documentos se ajustarán al formulario que se incorpora como Anexo II, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de fecha 24 de febrero de 2011.

Quinto. El plazo de presentación de solicitudes al amparo de la presente convocatoria será de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación en BOJA, y se efectuará en los lugares y con las condiciones establecidos en el artículo 11 de la mencionada Orden.

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