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Universidad del País Vasco

Modificación de la estructura y funcionamiento del equipo de gobierno de la Universidad UPV/EHU

20/02/2012
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Resolución de 30 de enero de 2012, del Rector de la UPV/EHU, por la que se modifica el apartado 1 del número cuarto de la resolución de 25 de febrero de 2011, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno y de delegación de competencias. (BOPV de 17 de febrero de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 30 DE ENERO DE 2012, DEL RECTOR DE LA UPV/EHU, POR LA QUE SE MODIFICA EL APARTADO 1 DEL NÚMERO CUARTO DE LA RESOLUCIÓN DE 25 DE FEBRERO DE 2011, SOBRE ESTRUCTURA Y DETERMINACIÓN DE LAS ÁREAS DE FUNCIONAMIENTO DE SU EQUIPO DE GOBIERNO Y DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS.

Preámbulo

Al amparo de las competencias que tengo conferidas en los artículos 178 y 181 de los Estatutos de la Universidad, en relación con lo previsto en los artículos 183 y 184 del mismo,

DISPONGO:

Único.- Se procede a la modificación del número cuarto apartado 1 de la Resolución de 25 de febrero Vínculo a legislación de 2011, del Rector de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno y de delegación de competencias, que quedará redactado en los siguientes términos:

“Cuarto.- Suplencias en caso de ausencia, inexistencia, enfermedad o vacante.

1.- En caso de ausencia o enfermedad del Rector, así como en los supuestos de vacante del cargo, previstos en el artículo 180 de los Estatutos de la Universidad y en los de abstención o recusación, previstos en los artículos 28 Vínculo a legislación y 29 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común le sustituirán, en este orden, la Vicerrectora o Vicerrector de Profesorado, el Vicerrector o Vicerrectora de Campus de Bizkaia, y la Vicerrectora o Vicerrector de Investigación.”

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPV.

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