La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por el militar y rechaza que pueda ser aplicada la eximente completa de "trastorno mental transitorio" aunque reconoce, como el fallo de instancia, que la reacción agresiva estuvo precedida de una "actuación injusta" que le produjo "naturalmente" un estado pasional "intenso".
El Supremo mantiene la condena a tres años y un día de prisión para el acusado como autor de un delito consumado de insulto a un superior en su modalidad de realizar actos o demostraciones con tendencia a maltratar de obra a un superior con la concurrencia de una atenuante prevista en el Código Penal Militar.