RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1528-2011, EN RELACIÓN AL PRIMER PÁRRAFO DE LA LEY FORAL 12/2010, DE 11 DE JUNIO, POR LA QUE SE ADAPTAN A LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA REDUCCIÓN DEL DÉFICIT PÚBLICO.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 29 de marzo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1528-2011, promovido por el Presidente del Gobierno contra el artículo 8.2, primer párrafo, de la Ley Foral 12/2010, de 11 de junio, por la que se adaptan a la Comunidad Foral de Navarra las medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del precepto impugnado desde la fecha de interposición del recurso -14 de marzo de 2011-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
Madrid, 29 de marzo de 2011.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.