Diario del Derecho. Edición de 05/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/11/2025
 
 

TSJA

Seis meses de inhabilitación a un guardia civil por guardarse una denuncia contra agentes por robos en Córdoba

05/11/2025
Compartir: 

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a un guardia civil a seis meses de inhabilitación como autor responsable de un delito de omisión del deber de perseguir delitos.

CÓRDOBA, 4 (EUROPA PRESS)

El agente se guardó una denuncia de un particular que implicaba a agentes de la Benemérita en robo de ganado en el norte de Córdoba.

Según recoge la resolución, el Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el acusado y confirma la sentencia de la Audiencia de Córdoba, aunque cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).

En concreto, se da por probado que el varón, en la primavera de 2016, era agente con grado de sargento y en fecha no determinada se puso en contacto con un hombre que se dedicaba al comercio de ganado en Hinojosa del Duque y en otras localidades de la zona para preguntarle, haciéndose pasar por ganadero, por lo que él sabía sobre los múltiples robos de ganado que se estaban produciendo en la comarca, a lo que el varón accedió.

Días después de este contacto en el que en ningún momento mencionó su condición de guardia civil, le citó desde el cuartel para que acudiese a declarar. El 13 de mayo de 2016, el hombre presentó denuncia en el cuartel de la Guardia Civil por los múltiples robos de ganado que se venían produciendo en los pueblos de alrededor y en esta denuncia implicó a personas concretas del negocio ganadero, pero también a varios guardias civiles, dando datos concretos de alguno de ellos, como parte de la red de robo de ganado.

A pesar de tener noticia de estos hechos y de la obligación de perseguir delitos nacida de su cargo como guardia civil, "el acusado guardó la denuncia, primero en su despacho y posteriormente en su casa, sin darle trámite para que se profundizara en la investigación, sin dar cuenta a la autoridad judicial, ni a sus superiores jerárquicos, a pesar de que su compañero que había actuado como secretario al recoger la denuncia le recomendó que diera traslado de la misma a una unidad de policía judicial".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  4. Estudios y Comentarios: La centralidad de la Constitución; por Gonzalo Rubio Hernández-Sampelayo, Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense
  5. Tribunal Supremo: Reitera el Supremo que el control judicial de los acuerdos de denegación de indulto se encuentra limitado a si se han solicitado los informes que la Ley establece como preceptivos
  6. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  7. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  8. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial
  9. Actualidad: El Gobierno concede la nacionalidad española a 171 descendientes de miembros de las Brigadas Internacionales
  10. Actualidad: Los colegios de abogados y procuradores de Madrid defienden la suspensión automática de vistas por enfermedad o fuerza mayor

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana