Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 24/02/2011
 
 

El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso contra las designaciones de los presidentes de los tribunales superiores de Justicia de Cataluña, Valencia y País Vasco

24/02/2011
Compartir: 

El Tribunal Supremo admite a trámite un recurso planteado por la asociación Foro Judicial Independiente contra las designaciones de los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia de Cataluña, Valencia y País Vasco, en el recurso se sostiene que el órgano de gobierno de los jueces se ha convertido en una “farsa institucional”.

En el recurso se plantea que en dichos nombramientos ha sido “notable la intervención mediata de los partidos” ya sea en “forma de vetos, imposiciones o compensaciones”. Estima que estas designaciones del CGPJ han estado presididas por “motivaciones de índole partidista, sirviéndose para ello de la colaboración de sus terminales asociativas en el Consejo”.

Así, recuerda que en el caso del TSJPV "se produjo un claro veto" de PNV y PSOE a renovar al presidente, perteneciente a la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), por haber "osado" encausar durante su mandato a sus dirigentes.

"Después de largas negociaciones, el PP y la APM transigieron con tal veto a cambio de designar a un Presidente perteneciente a la APM en Valencia, lo que fue aceptado por PSOE a cambio de la que la Presidencia del TSJ de Cataluña, recayera en un miembro de Jueces para la Democracia", ha explicado.

Señalan que, desde la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, la realidad es que los “partidos políticos del arco parlamentario han convertido al CGPJ, en su composición, en una réplica perversa de las mayorías y minorías partidarias presentes en el Parlamento, lo que se instrumentaliza a través de las asociaciones judiciales vinculadas a los partidos políticos mayoritarios”.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  4. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  5. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  6. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  7. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  8. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  9. Actualidad: El Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de consulta del comité de empresa europeo en IAG
  10. Tribunal Supremo: La regulación de la reserva de los contratos públicos o de algún lote de los mismos a favor de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social no vulnera los principios de proporcionalidad y de igualdad de trato entre licitadores

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana