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  • EDICIÓN DE 03/01/2011
 
 

Modelos de solicitud y de autoliquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego del Bingo

03/01/2011
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Orden HAC/1799/2010, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAC/14/2010, de 11 de enero, por la que se aprueban los modelos de solicitud y de autoliquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego del Bingo y se dictan normas para la exacción del impuesto (BOCYL de 31 de diciembre de 2010). Texto completo.

ORDEN HAC/1799/2010, DE 27 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN HAC/14/2010, DE 11 DE ENERO, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE SOLICITUD Y DE AUTOLIQUIDACIÓN DE LA TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO DEL BINGO Y SE DICTAN NORMAS PARA LA EXACCIÓN DEL IMPUESTO

La Ley 19/2010, de 22 de diciembre, de Medidas Financieras y de creación del ente público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, introduce varias modificaciones en la Tasa Fiscal sobre el Juego que grava los juegos de suerte, envite o azar. Respecto al de juego del Bingo, se modifica la base imponible y el tipo impositivo y se establece un tipo impositivo reducido, de carácter temporal, en determinados supuestos.

La Ley establece que en el juego del bingo la base imponible será el importe del valor facial de los cartones adquiridos descontada la cantidad destinada a premios y en el juego del bingo electrónico la base será el importe jugado descontada la cantidad destinada a premios. Respecto al tipo impositivo en las modalidades del juego del bingo distintas del bingo electrónico, en cada adquisición de cartones se aplicará a la base imponible el tipo tributario que corresponda, entre el 50% y el 55%, en función de la suma de los valores faciales de los cartones adquiridos por cada sala desde el 1 de enero de cada año. En el juego del bingo electrónico el tipo tributario es del 30%. Por último, la ley regula un tipo reducido del 43,50% aplicable en el juego del bingo no electrónico siempre que las salas de bingo incrementen su plantilla de trabajadores respecto del año 2010. Este beneficio fiscal es aplicable únicamente durante los ejercicios 2011 y 2012.

Estos cambios normativos conllevan la necesidad de modificar el modelo de autoliquidación de la tasa. A esta necesidad responde la presente Orden que se dicta al amparo de lo establecido en el apartado 2 del artículo 39 bis del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado.

El contenido de la disposición es la adaptación del vigente Modelo 043 de solicitud-autoliquidación de cartones de bingo a la nueva regulación contenida en la Ley 19/2010, de 22 de diciembre, de Medidas Financieras y de creación del ente público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León. Para ello se modifica el modelo de solicitud-autoliquidación, Modelo 043, establecido en el Anexo I de la Orden HAC/14/2010, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden HAC/165/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban los modelos de solicitud y de autoliquidación de la Tasa Fiscal sobre el Juego del Bingo y se dictan normas para la exacción del impuesto.

Por lo expuesto,

DISPONGO

Artículo 1.- Se modifica el modelo de solicitud-autoliquidación, Modelo 043, en los términos establecidos en el Anexo I de esta disposición.

Disposición Final.- La presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2011.

(ANEXOS OMITIDOS)

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