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Programas de cualificación profesional inicial de las familias profesionales de “Artes Gráficas” y “Comercio y Marketing”

26/08/2008
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Resolución de 31 de julio de 2008, de la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, por la que se aprueban los currículos de determinados perfiles correspondientes a los módulos específicos de los Programas de cualificación profesional inicial de las familias profesionales de “Artes Gráficas” y “Comercio y Marketing” (BOCAM de 25 de agosto de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 31 DE JULIO DE 2008, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS PROFESIONALES, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS CURRÍCULOS DE DETERMINADOS PERFILES CORRESPONDIENTES A LOS MÓDULOS ESPECÍFICOS DE LOS PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL DE LAS FAMILIAS PROFESIONALES DE “ARTES GRÁFICAS” Y “COMERCIO Y MARKETING”.

Los Programas de cualificación profesional inicial incluyen módulos obligatorios, que han de ser cursados por todos los alumnos que se incorporen a estas enseñanzas, y módulos voluntarios, que se realizarán por aquellos alumnos que, una vez superada la parte obligatoria, deseen obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Los primeros, a su vez, integran módulos formativos de carácter general, cuya finalidad es la de posibilitar la adquisición de las competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas, y módulos específicos, destinados a formar al alumno en las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1 de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales establecido en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre.

La Orden 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 24), ha definido el currículo de la Comunidad de Madrid para los módulos formativos de carácter general y determinado que compete a la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales establecer, mediante Resolución, el currículo de los módulos específicos de cada perfil profesional.

Por Resolución de 9 de mayo de 2008, esta Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, aprobó los currículos de 14 perfiles profesionales para su implantación en el curso 2008-2009, que posteriormente fueron completados con la aprobación de dos nuevos perfiles en las Familias Profesionales de ”Edificación y Obra Civil” y “Textil, Confección y Piel”, mediante Resolución de 7 de julio de 2008.

En el apartado tercero de la citada Resolución de 9 de mayo de 2008, se establece que a medida que por la evolución de las necesidades del sistema productivo se complete y actualice el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, se aprobarán nuevos perfiles y, si procede, se revisarán los incluidos en esta Resolución con objeto de que sus módulos profesionales cumplan el requisito de acreditación de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, previsto en el artículo el artículo 30.4 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ante las necesidades de planificación de esta oferta formativa, procede ahora ampliar el catálogo de perfiles profesionales aprobados con la incorporación de los incluidos en esta norma.

Por todo ello, en ejercicio de las competencias conferidas en al artículo 8.2 de la Orden 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación,

RESUELVO

Primero

Objeto de la norma y ámbito de aplicación

1. Esta Resolución tiene por objeto aprobar determinados perfiles profesionales de Programas de cualificación profesional inicial de las familias profesionales de “Artes Gráficas” y “Comercio y Marketing” y establecer el currículo de sus respectivos módulos específicos.

En cada currículo se incluyen:

1) Los datos identificativos del perfil profesional.

2) Las realizaciones y criterios de realización de las unidades de competencia que lo constituyen.

3) Las capacidades, criterios de evaluación y contenidos de los módulos profesionales asociados a unidades de competencia que lo componen.

4) Las capacidades y criterios de evaluación del módulo de formación en centros de trabajo.

5) La organización académica y la distribución horaria semanal de los módulos específicos.

6) El Profesorado con competencia docente para impartir cada uno de los módulos profesionales.

7) Los requisitos de espacios e instalaciones.

2. Dichos currículos son de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Perfiles profesionales que se aprueban

Se aprueban los siguientes perfiles profesionales, ordenados por familias profesionales:

Anexos

Omitidos.

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