Diario del Derecho. Edición de 31/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 31/10/2025
 
 

Audiencia Provincial de Almería

Condenas de hasta 3 años de cárcel para 19 'transfers' clandestinos de migrantes llegados en patera

31/10/2025
Compartir: 

La Audiencia Provincial de Almería ha impuesto penas de entre tres años y tres meses de prisión a los 19 acusados de organizar y llevar a cabo el transporte clandestino por carretera hasta Murcia, Alicante, Tarragona y Barcelona de inmigrantes, principalmente de origen argelino, que llegaban de forma irregular en patera hasta las costas de Almería y Cádiz entre mayo y octubre de 2019.

ALMERÍA, 29 (EUROPA PRESS)

La sentencia, consultada por Europa Press, señala el reconocimiento expreso de los hechos por parte de 17 de los acusados, para quienes la Fiscalía solicitaba hasta siete años y nueve meses de cárcel en función de su grado de participación de los hechos.

Así, el tribunal de la Sección Segunda condena también a penas de siete meses y 15 días y cinco meses de prisión a los dos acusados que rechazaron su participación en los hechos, a quienes se aplicó la atenuante de dilaciones indebidas pero no la de confesión de los hechos, como al resto de acusados.

Uno de estos dos acusados aseguró ante el tribunal que se ganaba la vida como "taxi pirata" pero rechazó que hubiera recogido a personas llegadas en patera mientras que, el segundo de ellos, afirmó que solo recogió en una ocasión a su sobrino en el Aeropuerto de Alicante. No obstante, las intervenciones telefónicas desmienten ambas versiones.

A partir de las investigaciones efectuadas por la Unidad Central de Redes de Inmigración y Falsedades (Ucrif) de la Policía Nacional se logró identificar a los supuestos miembros de este entramado, cuyos 'cabecillas' --condenados a tres años-- eran contactados por personas no identificadas que organizaban los viajes en patera o familiares de los ocupantes de la embarcación para ser recogidos y llevados a distintos puntos de la península a cambio de una determinada suma de dinero.

Las averiguaciones revelaron al menos una treintena de traslados que, principalmente, partían desde las costas del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar previo cobro de hasta 300 euros por persona, en función del destino que pretendieran alcanzar, llegando a embolsarse por uno de estos portes globales hasta 1.400 euros.

Algunos de los acusados se dedicaban "de forma habitual y prolongada en el tiempo" a este cometido. Estos eran quienes realizaban las funciones "más determinantes" al ser los conocedores de cuándo y dónde iba llegar una patera, lo que les permitió organizar todo lo necesario para recoger y trasladar a sus ocupantes hasta sus ciudades de destino.

En un segundo escalón había una serie de colaboradores, algunos habituales y otros que ejercían de forma puntual, los cuales se encargaban de seguir las instrucciones de los primeros para materializar la recepción y traslado de inmigrantes. No obstante, también había implicados que actuaban "de forma independiente" a todos los anteriores.

MODUS OPERANDI

La mayor parte de las operaciones se basaban en la llegada de una patera a las costas nijareñas de San José o Rodalquilar durante la madrugada, cuyos ocupantes habían concertado previamente su recogida y transporte.

Estos migrantes eran trasladados en vehículos particulares hasta Alicante, donde en ocasiones se les dejaba en la estación de autobuses, aunque otros eran desplazados a puntos más cercanos como la propia capital almeriense o los municipios murcianos de Torrepacheco y Callosa de Segura, así como su capital.

También constan la recogida de algunas personas en Cádiz que eran conducidas hasta Almería y transportes hasta ciudades más lejanas, como Tarragona o Barcelona. Para algunos de los transportes se habrían empleado además varios vehículos, mediante la realización de paradas intermedias en la ruta, con la participación de más conductores.

Las viviendas de los principales sospechosos --tres en Almería y una en Alicante-- fueron registradas bajo orden judicial, de modo que en una de ellas se llegó a intervenir más de 18.500 euros procedentes de esta actividad de transporte clandestino y del cobro a inmigrantes.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Revistas: Iustel presenta el número 70 de su Revista General de Derecho Administrativo
  2. Estudios y Comentarios: Consideraciones críticas sobre una “Ley de la Corona”; por Luis María Díez-Picazo, Catedrático de Derecho Constitucional y Magistrado del Tribunal Supremo
  3. Revistas: Iustel presenta el número 43 de su Revista General de Derecho Constitucional
  4. Estudios y Comentarios: Derecho y política; por Andrés Ollero Tassara, magistrado emérito del Tribunal Constitucional
  5. Tribunal Supremo: El TS mantiene que en la selección de los empleados públicos interinos resulta compatible con los principios de igualdad, mérito y capacidad, establecer como criterio de desempate la prioridad de la inscripción de los candidatos en la oferta de empleo
  6. Revistas: Iustel presenta el número 67 de su Revista General de Derecho Europeo
  7. Estudios y Comentarios: Esclerosis parlamentaria: una radiografía y su terapia; por Germán M. Teruel Lozano, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Murcia y director adjunto de investigación de la Fundación Hay Derecho
  8. Revistas: Iustel presenta el número 69 de su Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado
  9. Tribunal Supremo: No es válida la notificación practicada por la Administración tributaria en lugar diferente al designado expresamente en el escrito de alegaciones contra acuerdo sancionador
  10. Actualidad: El Supremo establece que las autopistas no podrán cobrar peajes íntegros cuando estén en obras

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana