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TSJCyL

Confirmada la condena a casi 17 años de cárcel por violencia de género al exconcejal de Ponferrada (León)

13/09/2024
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) ha desestimado en segunda instancia todos los recursos presentados --por el acusado, por la Fiscalía y la acusación particular-- contra la sentencia que condenaba al exconcejal de Ponferrada (León) Pedro Muñoz a 16 años y 11 meses de prisión por lesiones agravadas y maltrato a su pareja, a la que tiró por una ventana y quedó parapléjica.

VALLADOLID, 12 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) ha desestimado en segunda instancia todos los recursos presentados --por el acusado, por la Fiscalía y la acusación particular-- contra la sentencia que condenaba al exconcejal de Ponferrada (León) Pedro Muñoz a 16 años y 11 meses de prisión por lesiones agravadas y maltrato a su pareja, a la que tiró por una ventana y quedó parapléjica.

Según han informado fuentes del Alto tribunal en un comunicado recogido por Europa Press, la Sala de lo Civil, que resuelve los recursos presentados contra la resolución de la Audiencia Provincial de León a desestimado todas los recursos presentados, por lo que ha confirmado íntegramente la condena impuesta por el tribunal provincial.

El pasado mes de enero, la Audiencia de León condenó al exconcejal de Ponferrada a 16 años y 11 meses de cárcel por un delito de lesiones agravadas, con las circunstancias agravantes de parentesco y discriminación por razón de género (12 años de cárcel), tres delitos de maltrato familiar (9 meses por el primero, 9 meses por segundo y 11 meses por el tercero) y un delito de maltrato familiar habitual (2 años y medio de prisión).

Los recursos habían sido presentados por el propio acusado, por el Ministerio Fiscal y por la acusación particular que representaba a la víctima.

El fallo condena en costas de esta segunda instancia a los recurrentes, exceptuado el Ministerio Fiscal, y cabe contra el mismo recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, que podrán prepararse en esta misma Sala dentro de los cinco días siguientes al de su última notificación, para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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