Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 13/08/2019
 
 

AN

La Audiencia Nacional se inhibe a los juzgados de Pamplona en la causa por el "día del inútil" al no ver terrorismo

13/08/2019
Compartir: 

La Fiscalía, favorable a que se hubiera prohibido, advierte que los actos se incardinan en la estrategia de ETA de hostigamiento al Cuerpo

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional José De la Mata ha rechazado su competencia para investigar los actos celebrados este viernes en Echarri Aranaz (Navarra)denominados 'Inutillan egune' o 'día del inútil', cuyo objetivo es el acoso y burla a la Guardia Civil según ha denunciado LA asociación Dignidad y Justicia (DyJ). Considera que los hechos no son terrorismo y por ello inhibe a los juzgados de Pamplona, que deberán investigar lo ocurrido, si bien ha ordenado a las fuerzas de seguridad a que impidieran que durante la jornada pudieran cometerse delitos de odio.

El magistrado no ha valorado la prohibición del acto reclamada por la asociación de víctimas al entender "desproporcionado" hacerlo por el mero hecho de que se puedan llevar a cabo "desfiles y mofas" durante este acto concreto de las fiestas patronales.

Señala también que la petición fue solicitada a las 11.20 horas este viernes, tan sólo 40 minutos antes de que comenzara su celebración en la localidad Navarra, y teniendo en cuenta debía pedirse informe al fiscal no cabía valorar la prohibición reclamada por DyJ.

No obstante, De la Mata afirma que los hechos denunciados "presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal", lo que motiva que acuerde diligencias como oficiar al Departamento de Interior del Gobierno de Navarra y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para el "pertinente control y seguimiento de dicho acto"

Les instaba además a adoptar las medidas necesarias para evitar que en el curso de esa celebración pudieran realizarse actos constitutivos de delito de provocación al odio y , en caso, de que se produjeran, proceder a la identificación y detención de sus autores.

En cuanto a la competencia, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, de guardia esta semana en la Audiencia Nacional, rechaza que los hechos puedan subsumirse dentro de los delitos de terrorismo previstos en el Código Penal.

"Sin minusvalorar en absoluto la gravedad de estasactividades, no puede considerarse que estas conductas, desarrolladas en la forma indicada (desfiles y mofas hacia los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, así como a las principales instituciones del Estado), puedan subsumirse en tan grave tipo penal", razona, para añadir que tal calificación jurídica "debe reservarse para las violaciones másgraves de los valores universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, y el disfrute de los derechos humanos y de las libertades fundamentales".

Dice también De la Mata que la libertad de expresión tiene unaposición especialmente preferente cuando contribuye al debate público respecto de asuntos de relevancia general, en el que estén implicados sujetos que ejerzan funciones públicas.

"Por esta razón, no es posible considerar, con carácter general, que tales sujetos pueden integrar algunos de los colectivos susceptibles de ser discriminados a través del discurso del odio, pues no cabe duda del tremendo efecto desalentador que sobre el ejercicio del derecho sederivaría de ese reconocimiento", añade, lo que nos óbice para que el asunto se estudie por parte de un tribunal navarro.

"TIRO AL FACHA"

En su denuncia, DyJ advertía que esta fiesta, celebrada otro años, "noamedrentar y coartar el libre desempeño de las funciones encomendadas a los miembros de tal Cuerpo de Seguridad del Estado así como su propia libertad deambulatoria, consiguiendo atemorizar a los mismos intimidándoles gravemente provocando su aislamiento social y un clima de terror en una parte de la población".

En anteriores ocasiones se incluyó en el festejo un acto llamado "tiro al facha" en el que, por ejemplo, en 2017, se publicitaba que en dicho acto se iban a arrojar piedras, huevos y otros objetos a unas imágenes que representan personas o instituciones relacionadas con España como son la Guardia Civil, la monarquía, la Iglesia o cargos políticos.

POSTURA DE LA FISCALÍA

En su informe, la Fiscalía señalaba por su parte que la finalidad del acto no es otra que acosar y generar un ambiente de presión y hostilidad sobre un determinado colectivo, como son los miembros de la Guardia Civil, "generando un clima de terror entre los miembros allí destinados hasta conseguir su aislamiento social", cuya finalidad última es conseguir la expulsión de Navarra y el País Vasco del Instituto Armado.

Se trata, según recuerda el Ministerio Público en su informe, de una reivindicación que históricamente ha llevado a cabo la organización terrorista ETA "y que en la actualidad se sigue llevando a cabo por cierto sector de la izquierda abertzale y en territorios gobernados por entidades políticas como EH Bildu", como es el caso.

Hace alusión la Fiscalía en este punto a varios comunicados de ETA como el de 10 agosto de 2002, en el que reivindicaba el atentado contra el Cuartel de la Guardia Civil de Santa Pola (Alicante): "A los guardias civiles, que no metan a sus familias en los cuarteles, porque en la medida en que son una fuerza armada extranjera que ocupa nuestro pueblo, las sedes de la Guardia Civil continuarán siendo objetivo militar de nuestras acciones".

Por otra parte, según el fiscal, este tipo de actos favorecen la asimilación "natural" de los atentados por parte de la sociedad de estos territorio, por lo que deben ser prohibidos.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  5. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  6. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  7. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  8. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  9. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting
  10. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana