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Condenan a una ceutí a 6 años de cárcel por su "firme voluntad" de sumarse al terrorismo yihadista en Siria

16/07/2018
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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a una ceutí de 23 años a seis años de cárcel como autora criminalmente responsable de un delito de integración en organización criminal tras dar por "probada" su "firme voluntad" de "hacer su aportación a la yihad global engrosando las filas de ese movimiento terrorista".

CEUTA, 14 (EUROPA PRESS)

Otro acusado ha sido condenado a dos años de cárcel por un delito de auto adoctrinamiento terrorista, y los otros dos varones detenidos en noviembre de 2016 han sido absueltos de los delitos de integración en organización terrorista, captación, adoctrinamiento y auto adoctrinamiento terrorista que les atribuía la acusación.

La sentencia subraya sobre la mujer condenada que pretendía viajar a Siria por segunda vez --la primera fue detenida en Turquía-- para "unirse a los que practican la yihad global, en la que, ya integrada, solo restaba incorporarse físicamente".

La documentación intervenida "avala" la "integración" que la condenada negó en la vista oral de junio haber efectuado por su "persistencia y empeño" en llegar a Siria "más allá de poder tratarse de recopilar información".

Además, para la Audiencia, "no son razones de estética las que adopta en alguna de las fotografías, es más serio que eso. No es tampoco emular a otros, es más bien inmortalizarse fotográficamente, como lo que ya se siente levantando el dedo índice al cielo en señal de la unicidad que emplea Daesh y no del signo de la victoria".

Hakim M., Ilias M. --los dos absueltos--, Fuad M. y Rhimou B., que ha sido absuelta de captación y adoctrinamiento terrorista y de traslado a territorio extranjero controlado por grupo u organización terrorista en grado de tentativa en concurso real con otro de enaltecimiento del terrorismo, se enfrentaban a peticiones de la cárcel de la Fiscalía que llegaban a superar los 20 años de prisión.

Según refiere el relato de hechos probados de la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso Europa Press y cuyo veredicto ha adelantado en su edición de este sábado el diario 'El Faro de Ceuta', la Comisaría General de Información de la Policía Nacional detuvo a los cuatro encausados en el marco de una investigación sobre una presunta célula "conformada de forma estable, homogénea y radicalizada adscrita al Estado Islámico" en la ciudad autónoma.

Algunos de los arrestados frecuentaban una tienda regentada por un ceutí que llegó a estar preso en Guantánamo, con el que conversaban, según los registros policiales, sobre los mensajes del líder del Estado Islámico y sobre su capacidad para adquirir armamento, el seguimiento policial a individuos radicalizados en las mezquitas de la ciudad o su deseo de "muerte" para los militares occidentales destinados en países como Siria.

Para la Audiencia Nacional, en relación con los dos absueltos "solo consta que coincidieron ocasionalmente en la tienda, local que se considera policialmente el centro neurálgico de la célula conformada, sin que ni siquiera obre que se juntaran en el establecimiento ni que participaran en reunión alguna conjuntamente".

Además, la sentencia alerta de que, para sostener una condena por los delitos imputados, según el Tribunal Supremo, "no basta demostrar que se piensa de una determinada manera o que se contacta o se relaciona con otros de la misma o similar ideología. Es necesario, mediante la constatación de hechos significativos, probar, al menos, que ha decidido pasar a la acción".

Sobre uno de los absueltos, la Sala destaca que, al margen de sus "continuas idas y venidas del acusado a la tienda del guantanamero", y de un "incidente aislado de querer tener barba y escuchar un cántico yihadista", no hay "nada" que le ubique "en trance de una inmersión radical ideológica cuando lo que se sostiene al unísono por sus familiares ha sido su lejanía de la religión musulmana, y cuando hasta hacía poco tocaba en una banda de música compuesta en su mayoría por cristianos".

La Audiencia Nacional sí ha encuadrado el comportamiento del otro condenado en un delito de auto adoctrinamiento terrorista por no haber sabido explicar o haber faltado a la verdad en sus declaraciones a la hora de explicar sus visitas recurrentes a foros yihadistas, en los que dijo entrar solamente en busca de un cuñado trasladado a Siria en 2013.

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