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Absuelta de nuevo la miembro de ETA Ohiana Mardarás

30/04/2015
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La Audiencia Nacional considera que no hay pruebas de su participación en un atentado contra el PSE en Bilbao

MADRID, 29 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Nacional ha absuelto a la miembro de ETA Ohiana Mardarás, acusada de participar en la colocación de un explosivo en la sede del Partido Socialista de Euskadi (PSE) en abril de 2008. El Tribunal Supremo la absolvió recientemente de atentar contra la sede de la EiTB en Bilbao. En esa ocasión, los magistrados del alto tribunal anularon una condena de la Audiencia Nacional de 29 años de prisión por esta acción.

La sentencia de la Sección Primera considera que la prueba fundamental en su contra, la declaración policial de Ibai Beobide, uno de los miembros del comando Basakatu al que presuntamente pertenecía la acusada, no puede ser tenida en cuenta ya que no fue ratificada ante el juez. Señala, además, que Beobide "se retractó expresamente" de esta acusación y señaló que había sido objeto de torturas.

Señala que cuando una persona se encuentra detenida e incomunicada, sus declaraciones "se llevan a cabo en un espacio de constricción, en un contexto inquisitivo y secreto donde no pueden desenvolverse las garantías del proceso".

El artefacto fue colocado en la puerta de la sede de la formación, en el interior de un maletín, con un cartel que advertía 'Peligro, bomba'. Explotó cuando la zona ya había sido acordonada tras recibir un aviso telefónico y causó graves daños en el edificio y las viviendas vecinas.

OTROS INDICIOS

La resolución descarta, además, la validez de otros de los indicios que pesaban contra la miembro de ETA, su identificación fotográfica por parte del mismo Beobide y la proximidad de la cabina desde la que se alertó de la colocación de la bomba con el domicilio de la acusada.

Asegura que la prueba pericial de voz realizada con la grabación del aviso "correspondía con un varón" y no pudo ser efectuada por Mardarás. En la cabina no se identificaron huellas ni restos biológicos pertenecientes a esta etarra.

La sentencia cuenta con el voto particular del magistrado Nicolás Poveda que asegura que la acusación de torturas aludidas por Beobide fueron objeto de investigación y quedaron archivadas en 2011.

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