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Tras la renuncia a su escaño en las Corts

El TSJCV se inhibe a favor de un juzgado en la causa abierta contra el exalcalde de Torrevieja por prevaricación

05/02/2013
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La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) se ha inhibido de la causa abierta contra el exalcalde de Torrevieja (Alicante) y exdiputado en las Cortes Valencianas, Pedro Hernández Mateo, por un presunto delito de prevaricación y contra los derechos fundamentales, y ha fijado la competencia del juzgado de instrucción número 4 de Torrevieja para continuar con la investigación.

ALICANTE, 4 (EUROPA PRESS)

Esta causa fue abierta tras una denuncia de Los Verdes por su supuesta negativa a convocar varios plenos ordinarios entre los años 2003 y 2006, e inicialmente fue archivada por el juzgado de instrucción número 4 de Torrevieja. No obstante, en abril de 2012 la Audiencia Provincial de Alicante estimó parcialmente el recurso de apelación de Los Verdes y ordenó la reapertura de la causa.

Dada la condición de aforamiento en las Cortes Valencianas de Hernández Mateo, el juzgado elevó la causa al TSJCV, que ahora, tras la renuncia el pasado 5 de diciembre al escaño de Hernández Mateo y a petición de la acusación particular ejercida por Los Verdes, se ha declarado incompetente para seguir con la tramitación y se ha inhibidoa favor del juzgado de instrucción número 4 de Torrevieja.

Hernández Mateo renunció a su escaño el 4 de diciembre tras ser condenado en noviembre a tres años de prisión por los delitos de falsedad documental y prevaricación en la adjudicación en 2004 del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos de la localidad.

El exalcalde también se encuentra pendiente de la instrucción de otra causa abierta por un supuesto delito de tráfico de influencias por la compraventa de una finca, relacionado con la plusvalía que supuestamente obtuvo con la compraventa de una finca rústica y que podría ascender a más de cinco millones de euros. Ante este auto emitido el pasado viernes por la sala de lo Civil y Penal del TSJCV, cabe recurso de súplica en el plazo de tres días.

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