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Cierre del ejercicio presupuestario 2012

21/12/2012
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Orden de 17 de diciembre de 2012, por la que se modifica la Orden de 16 de octubre de 2012, sobre cierre del ejercicio presupuestario 2012 (BOJA de 20 de diciembre de 2012). Texto completo.

ORDEN DE 17 DE DICIEMBRE DE 2012, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 16 DE OCTUBRE DE 2012, SOBRE CIERRE DEL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2012.

Mediante Orden de 16 de octubre de 2012, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2012, se aprobaron las normas necesarias para ordenar el proceso tanto del aludido cierre como del comienzo del ejercicio de 2013, especificando las fechas límite de tramitación de las diferentes actuaciones y del traspaso de saldos del ejercicio siguiente.

Tras la publicación de la referida Orden han ido apareciendo nuevas circunstancias no contempladas en su elaboración, de carácter urgente y excepcional, que precisan de la adopción inmediata de medidas presupuestarias en orden a satisfacer adecuadamente los intereses públicos concurrentes.

Por ello, es necesario introducir en la vigente Orden de cierre del ejercicio de 2012, que trata solo de disciplinar las actuaciones económicas que demandan el interés público, aquellas modificaciones que permitan una más efectiva consecución de tal finalidad.

En virtud de lo anterior, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden de 16 de octubre de 2012, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2012.

Se modifica el apartado 2 del artículo 4 de la Orden de 16 de octubre de 2012, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2012, añadiéndose una nueva letra g) con el siguiente tenor:

“g) Las propuestas de documentos contables en créditos cofinanciados con FEADER o destinados a seguridad y protección social, que autorice la Intervención General de la Junta de Andalucía, de carácter urgente y cuya necesidad de no ser aplazados se justifique adecuadamente, en las que se acrediten, no solo las anteriores circunstancias, sino también la viabilidad de las propuestas de pago con cargo al ejercicio de 2012. La mencionada autorización se emitirá previa solicitud de las Consejerías afectadas, que deberá tener entrada en aquel centro directivo con anterioridad al día 22 de diciembre. Dicha autorización contendrá la fecha límite de tramitación de las propuestas de documentos contables “AD” y “D”, sus barrados y complementarios, hasta una fecha que permita ultimar la gestión del reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, sin que dicha fecha límite pueda sobrepasar el día 28 de diciembre.”

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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