ORDEN 19 DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DE LA ORDEN DE 4 DE ABRIL DE 2006, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y EMPLEO, REGULADORA DE LA CONCESIÓN DIRECTA DE LA SUBVENCIONES EN EL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
El Decreto 14/2006, de 16 de febrero , regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece en su artículo 28.quater.1 que se considerarán subvenciones de concesión directa las relacionadas mediante Orden del Consejero con competencias en materia de Hacienda. Con base en tal precepto se aprobó la Orden de 4 de abril de 2006, reguladora de la concesión directa de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La Consejería de Salud y Servicios Sociales tramita expediente para aprobar las normas reguladoras de determinada línea de subvención en régimen de concesión directa. Por lo que se refiere a esta consejería hay que considerar, por una parte, que la Orden de 4 de abril de 2006 no se refiere a ella con este nombre sino con el de Juventud, Familia y Servicios Sociales; por otra parte, las líneas de subvenciones que se contemplan en el anexo ya no son tales, pues todas ellas forman parte de la actual cartera de servicios.
Tomando en consideración todo lo anteriormente expuesto, la modificación que se ahora se acomete actualiza tanto el nombre de la Consejería afectada como la línea de subvenciones que debe permanecer.
En virtud de lo que antecede, y una vez emitidos los informes preceptivos, apruebo la siguiente
Orden
Artículo único. Modificación del anexo de la Orden de 4 de abril de 2006, de la Consejería de Hacienda y Empleo, reguladora de la concesión directa de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Se modifica el anexo de la Orden de 4 de abril de 2006, de la Consejería de Hacienda y Empleo, reguladora de la concesión directa de subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el alcance que se indica a continuación:
Queda suprimido el apartado referido a la Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales, y en su lugar se introduce la siguiente redacción:
'Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Línea de subvenciones:
Ayudas para la contratación de perceptores del ingreso mínimo de inserción (IMI) por parte de entidades privadas, empresas o entidades locales de La Rioja.'
Disposición Final Única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.