Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 26/10/2012
 
 

Subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura

26/10/2012
Compartir: 

Decreto 211/2012, de 19 de octubre, por el que se modifica el Decreto 44/2012, de 30 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura y primera convocatoria para el año 2012 (DOE de 25 de octubre de 2012). Texto completo.

DECRETO 211/2012, DE 19 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 44/2012, DE 30 DE MARZO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A PROYECTOS DE ÁMBITO REGIONAL ENMARCADOS EN EL PROGRAMA DE DESARROLLO DE ACCIONES DEL PLAN DE JUVENTUD DE EXTREMADURA Y PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2012.

El Decreto 44/2012, de 30 de marzo Vínculo a legislación, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura y primera convocatoria para el año 2012, tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar proyectos de ámbito regional, dirigidos a jóvenes de la Comunidad Autónoma de Extremadura con edades comprendidas entre 14 y 30 años, dentro de las acciones contempladas en el vigente Plan de Juventud de la Junta de Extremadura. La finalidad de estas subvenciones es propiciar o favorecer la autonomía personal, la plena convivencia o la inserción social de la juventud, incidiendo especialmente en los ámbitos de emancipación, empleo, vivienda, salud, juventud rural y participación, como cauce para dar cumplimiento a una de las funciones del Instituto de la Juventud de Extremadura establecidas en la Ley de creación.

El citado Decreto fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 66, el día 4 de abril de 2012, estableciéndose las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y la primera convocatoria de las mismas para el año 2012, fijando como plazo para la justificación de las ayudas el 15 de noviembre del ejercicio correspondiente.

La Resolución de 17 de septiembre de 2012, de la Secretaría General, por la que se resuelve la convocatoria para el año 2012, se publica en el Diario Oficial de Extremadura número 234, el día 3 de octubre, surtiendo esta publicación los efectos propios de la notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6 Vínculo a legislación y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Esta Resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18.3 Vínculo a legislación del mencionado Decreto 44/2012, de 30 de marzo, además de contener pronunciamiento expreso sobre la concesión o denegación de las ayudas, supondrá la aprobación de los proyectos o actuaciones subvencionadas y por ende, de acuerdo con los cuales habrán de realizarse los mismos y a cuyo cumplimiento quedará condicionada la subvención concedida.

Las circunstancias expuestas ponen de manifiesto el corto espacio de tiempo existente entre la notificación de la concesión de la subvención y la fecha límite de presentación de la justificación de los proyectos a desarrollar. Por tanto, y considerando que la mayor parte de los proyectos subvencionados contemplan la utilización de instalaciones juveniles adscritas al propio Instituto de la Juventud de Extremadura para el desarrollo de las actividades proyectadas, se considera conveniente proceder a una nueva regulación del plazo de justificación de las ayudas a través de la modificación de dicho plazo, con carácter excepcional, para la presente convocatoria correspondiente a la anualidad 2012, con el fin de que los beneficiarios de las subvenciones cuenten con un periodo razonable para el adecuado desarrollo de las actividad subvencionada y puedan presentar la correspondiente justificación.

Por ello, a propuesta del Presidente de la Junta de Extremadura y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el 19 de octubre de 2012, DISPONGO:

Artículo Único. Modificación del Decreto 44/2012, de 30 de marzo Vínculo a legislación, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura y primera convocatoria para el año 2012.

Se modifica el apartado 11 de la Disposición Adicional Única del Decreto 44/2012, de 30 de marzo Vínculo a legislación, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de ámbito regional enmarcados en el programa de desarrollo de acciones del Plan de Juventud de Extremadura y primera convocatoria para el año 2012, que queda redactado en los siguientes términos:

“11. No obstante lo dispuesto en el artículo 19.1.c) de este Decreto, para la presente convocatoria de 2012 las subvenciones concedidas deberán justificarse hasta el 15 de diciembre de 2012”.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana