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Bases reguladoras de las subvenciones del programa de orientación, formación e inserción profesional

08/10/2012
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Orden EYE/826/2012, de 25 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de orientación, formación e inserción profesional, y se hace pública la convocatoria para el año 2012 (BOCYL de 5 de octubre de 2012). Texto completo.

ORDEN EYE/826/2012, DE 25 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE ORIENTACIÓN, FORMACIÓN E INSERCIÓN PROFESIONAL, Y SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2012.

La Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad en el Empleo, aprobada por Acuerdo de 2 de marzo de 2012 del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 Vínculo a legislación de la Ley 8/2008 de 16 de octubre para la creación del Consejo del Dialogo Social y Regulación de la Participación Institucional, con vigencia para el período 2012-2015 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, primera de carácter integrado, se concibe como complementaria y subsidiaria frente a las actuaciones que se planteen a nivel nacional, se configura como referencia básica para la definición de los Planes anuales de Políticas de Empleo a elaborar en el Marco de la Estrategia Española de Empleo, y constituye un Plan Estratégico de subvenciones en los términos previstos en el artículo 8.1 y la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, y en el artículo 4 Vínculo a legislación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Esta Estrategia incorpora el VI Plan Regional de Empleo que, integrado con los correspondientes a la formación profesional, la igualdad en el empleo y la prevención de riesgos laborales y, con el marco establecido en el II Acuerdo Marco para la Competitividad y la Innovación Industrial, pretende contribuir a la generación de actividad económica, al mantenimiento del empleo, a la creación de nuevos puestos de trabajo con la máxima calidad y seguridad, promoviendo la cualificación de los trabajadores para conseguir su ocupación efectiva; en un contexto de incertidumbre y deterioro del entorno económico, caída de la actividad económica e incremento de las tasas de desempleo.

El programa de Orientación, Formación e Inserción Profesional se incardina en el ámbito de las medidas que el actual Plan Regional de Empleo contempla como “Actuaciones en materia de orientación profesional y prestación de servicios a trabajadores y empresas”.

La finalidad del programa es la mejora de la capacidad de inserción de los trabajadores desempleados y su cualificación profesional, mediante el desarrollo de “itinerarios integrados de orientación, formación e inserción laboral” a través de los cuales se realizará un acompañamiento integral y continuo al trabajador desempleado, basado en una orientación profesional adecuada y una búsqueda activa de empleo, siendo la formación una parte más de este acompañamiento y comprometiéndose la entidad beneficiaria a un mínimo de inserción.

Los objetivos del presente programa están en consonancia con los correspondientes de la Estrategia Europea 2020, que hacen referencia al empleo, actuando para el incremento de sus niveles y la mejora de las cualificaciones, y a la Estrategia Española de Empleo 2012-2014 que establece los objetivos generales a tener en cuenta en el diseño de las políticas activas de empleo.

En materia de itinerarios integrados de orientación, formación e inserción laboral, dada la existencia en años anteriores de diversas líneas de subvenciones dirigidas a apoyar los objetivos mencionados, diferenciadas en función de los colectivos destinatarios, el carácter integrador que promueve la Estrategia aprobada, aconseja potenciar estas actuaciones y ofrecer una planificación conjunta de las mismas.

Por ello, se regula aquí un programa aglutinador de los distintos itinerarios integrados de orientación, formación e inserción laboral, dirigidos a trabajadores desempleados o amenazados de exclusión del mercado laboral, que son gestionados por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

La actual situación de crisis económica hace que sea urgente la puesta en marcha de las medidas fomentadas mediante las subvenciones aquí reguladas, y por ello y con el fin de reducir al máximo los tiempos de tramitación, se hace uso de la habilitación prevista en el artículo 16.1a) Vínculo a legislación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, procediéndose a la aprobación conjunta de las bases reguladoras de la subvención y la convocatoria correspondiente al año 2012.

Las subvenciones que se convocan en este programa están cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo, con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla y León aprobado por la Comisión C (2007) 6714 de 17 de diciembre de 2007.

La cofinanciación deriva de la propia finalidad del Fondo Social Europeo, cuya misión, según el Reglamento (CE) n.º 1081/2006, es reforzar la cohesión económica y social mejorando el empleo y las oportunidades de trabajo, favoreciendo un alto nivel de empleo y la creación de más y mejores puestos de trabajo.

Así, en el marco del objetivo de “Competitividad regional y Empleo”, en el que ha quedado incluida la región de Castilla y León dentro de la política de intervención de los Fondos Estructurales y de Cohesión de la Comunidad Europea para el período 2007-2013, el Fondo Social Europeo apoya, entre otras, las acciones que, como las constitutivas de los programas referidos, pretenden facilitar el acceso al empleo y la inserción duradera en el mercado de trabajo de las personas inactivas y de las que buscan trabajo y a evitar el desempleo, en particular, el de larga duración y el de los jóvenes.

Por otro lado, estos programas se inscriben dentro de la tipología de acciones a realizar dentro de las líneas de acción 2.1 y 2.2, tema prioritario 66, del Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla y León, y en las que se centrará la participación del F.S.E. en orden a la consecución de los objetivos específicos de su eje 2: Fomentar la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres.

En su virtud, oído el Consejo General de Empleo, teniendo en cuenta las reglas contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre Vínculo a legislación, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 de abril Vínculo a legislación, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León y la Ley 3/2001, de 3 de julio Vínculo a legislación, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo Único.

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones del Programa de Orientación, Formación e Inserción Profesional, y hacer pública la convocatoria para 2012, que se incorporan a esta disposición como Anexos I y II respectivamente.

Disposición Adicional Primera.

Las subvenciones reguladas por esta orden están sometidas al régimen de ayudas de “minimis”, establecido en el Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión de 15 de diciembre, (DOCE L 379 de 28 de diciembre de 2006).

Disposición Adicional Segunda.

Se faculta al Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para el cumplimiento y efectividad de lo dispuesto en esta orden.

Disposición Transitoria.

Los procedimientos iniciados por convocatorias publicadas antes de la entrada en vigor de esta orden continuaran rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su publicación.

Disposición Derogatoria.

1.- Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta orden.

2.- Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones y las normas que las desarrollan:

• Orden EYE/1171/2009, de 22 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en el programa de Orientación, Formación e Inserción Profesional.

• Orden EYE/220/2011, de 4 de marzo, por la que se modifica la Orden EYE/1171/2009, de 22 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en el programa de Orientación, Formación e Inserción Profesional.

• Orden EYE/1078/2009, de 14 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en el programa de Orientación, Formación e Inserción Profesional dirigido a inmigrantes.

• Orden EYE/1254/2010, de 26 de agosto, por la que se modifica la Orden EYE/1078/2009, de 14 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en el programa de Orientación, Formación e Inserción Profesional dirigido a inmigrantes.

• Orden EYE/484/2011, de 7 de abril, por la que se modifica la Orden EYE/1078/2009, de 14 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en el programa de Orientación, Formación e Inserción Profesional dirigido a inmigrantes.

Disposición Final.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Anexos

Omitidos.

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