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Ayudas

Ayudas a las entidades de asesoramiento agrario de Cataluña

05/12/2011
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Orden AAM/334/2011, de 25 de noviembre, por la que se efectúa la declaración de créditos efectivamente disponibles de la Orden AAM/171/2011, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las entidades de asesoramiento agrario de Cataluña y se convocan las correspondientes al año 2011. (DOGC de 2 de diciembre de 2011) Texto completo.

ORDEN AAM/334/2011, DE 25 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE EFECTÚA LA DECLARACIÓN DE CRÉDITOS EFECTIVAMENTE DISPONIBLES DE LA ORDEN AAM/171/2011, DE 19 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LAS ENTIDADES DE ASESORAMIENTO AGRARIO DE CATALUÑA Y SE CONVOCAN LAS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2011

Mediante la Orden AAM/171/2011, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las entidades de asesoramiento agrario de Cataluña se convocaron las ayudas correspondientes al año 2011 para estas entidades.

El artículo 2.3 de las bases reguladoras de la convocatoria fija un importe total de 487.805,00 euros para destinar a esta línea de ayudas que tienen carácter de cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, de acuerdo con lo que prevé el PDR. Irán a cargo de la partida presupuestaria AG06D/482000101/5741/0000 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) para el año 2011, el importe de 200.000,00 euros que se corresponde a la aportación del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural que supone el 41% de la financiación de esta ayuda. El resto, 112.195,00 euros, se corresponde a la aportación del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) que contribuye con el 23% a la financiación, y 175.610,00 euros, a cargo del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, que representa el 36% de la financiación. La resolución de concesión se condiciona a la aportación efectiva de los fondos procedentes del FEADER y MARM.

En el artículo 2.3 de las bases reguladoras también se establece un importe adicional estimado de 180.000,00 euros de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) para el año 2011, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias efectivas.

El presupuesto inicial ha resultado insuficiente para atender las solicitudes presentadas. El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural considera necesario fomentar las actuaciones objeto de estas ayudas y realizar una ampliación de la dotación inicial establecida con el fin de adecuarlas a las necesidades del sector.

De acuerdo con el artículo 92.4.b) Vínculo a legislación del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, procede efectuar la declaración de los créditos efectivamente disponibles de la Orden AAM/171/2011, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las entidades de asesoramiento agrario de Cataluña y se convocan las ayudas correspondientes al año 2011.

Por todo eso, a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

La dotación inicial para la convocatoria 2011 de las ayudas reguladas en la Orden AAM/171/2011, de 19 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las entidades de asesoramiento agrario de Cataluña, que era un importe máximo de 487.805,00 euros, se incrementa en 439.025,40 euros, con una dotación final resultante de 926.829,40 euros.

Este incremento se distribuye de la manera siguiente:

La aportación del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) en la línea de ayudas de la Orden AAM/171/2011, de 19 de julio, se incrementa en 180.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria AG06 D/482000101/5741/0000 de los presupuestos del DAAM para 2011, que se corresponden a la cuantía adicional estimada prevista en el artículo 2.3 de la mencionada Orden. El resto, 100.976,60 euros, se corresponde a la aportación del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) que contribuye con el 23% de la cuantía adicional estimada de esta ayuda, y 158.048,80 euros, a cargo del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, que representa el 36% de esta cuantía adicional estimada.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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