SÍ CON EL FONDO, NO CON LA FORMA
La propuesta de reforma constitucional auspiciada por el presidente del Gobierno, y consensuada finalmente con el principal partido de la oposición, no parece, a pesar de compartir su conveniencia, afortunada en su tramitación. De entrada, porque la revisión constitucional es una decisión institucional que afecta a nuestra Carta Magna de 1978. Tras más de treinta años sin abrir la caja de Pandora -salvo la escueta modificación exigida por el Tratado de Maastricht, que extendía el derecho de sufragio pasivo a los ciudadanos comunitarios en las elecciones municipales-, sorprende una modificación tan atropellada: instada por el procedimiento de lectura única, durante el mes de agosto y con una legislatura agotada y con fecha de caducidad: las elecciones del 20 de noviembre. Una propuesta que ha preterido al resto de fuerzas parlamentarias y que desconoce que en el Estado de las Autonomías, las Comunidades Autónomas disfrutan de autonomía financiera. Pero ni se ha convocado el Consejo de Política Fiscal, ni se conoce tampoco el parecer de la Federación de Municipios. En suma, una reforma carente de serenidad y rigurosidad.
Por lo demás, hubiera sido suficiente establecer la limitación de déficit presupuestario en una ley orgánica, al hilo de las correlativas modificaciones de la Ley General Presupuestaria y de la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas. La experiencia demuestra que tales prescripciones, a pesar de ser bien intencionadas, terminan sin eficacia ni sanción en caso de incumplimiento.
Finalmente, si deseamos enviar un mensaje de austeridad, no se entiende tanta premura, cuando sus efectos se posponen en la práctica varios años. Si era urgentísima su aprobación, habrían de serlo ya simultáneamente sus efectos. En fin, estando de acuerdo con el fondo de la propuesta, discrepamos sobre el modo y su formalización. ¡Si un Gobierno cree, de verdad, en el equilibrio presupuestario, debería bastar con no gastar más de lo que ingresa!