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Derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas

02/08/2011
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Ley Orgánica 11/2011, de 1 de agosto, para la aplicación a la Guardia Civil del artículo 13.1 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas (BOE de 2 de agosto de 2011). Texto completo.

Mediante la presente Ley Orgánica, se procede a establecer que la regulación contenida en el artículo 13.1 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, será también de aplicación a la Guardia Civil, en su condición de instituto armado de naturaleza militar.

Asimismo, se procede a derogar el apartado 1 del artículo 8 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

LEY ORGÁNICA 11/2011, DE 1 DE AGOSTO, PARA LA APLICACIÓN A LA GUARDIA CIVIL DEL ARTÍCULO 13.1 DE LA LEY ORGÁNICA 9/2011, DE 27 DE JULIO, DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS

Artículo 1.

La regulación contenida en el artículo 13.1 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, será también de aplicación a la Guardia Civil, en su condición de instituto armado de naturaleza militar.

Artículo 2.

Queda derogado el apartado 1 del artículo 8 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente ley orgánica entrará en vigor a los tres meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.

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