ACUERDO DE 8 DE MARZO DE 2011, DE LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO Y DE LA SALA DEL ARTÍCULO 61 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, HABILITANDO LOS DÍAS 12, 13, 19 Y 20 DE MARZO DE 2011 DE 8:00 HORAS A 15:00 HORAS.
Atendida la previsible actuación de la Sala del Artículo 61 LOPJ en los Autos acumulados 6/2002 y 7/2002 de la demanda incidental sobre declaración de improcedencia de continuidad o sucesión de partido político, la Sala del Artículo 61 de la LOPJ, mediante providencia del día de la fecha, ha acordado:
Habilitar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 184.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con el art. 131 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y disposición final 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los días 12, 13, 19 y 20 del presente mes de marzo de 2011 de 8,00 horas a 15,00 horas.
Publíquese este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.