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Subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas

19/08/2010
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Orden EYE/1172/2010, de 10 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas, por entes públicos e instituciones sin ánimo de lucro, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en la Comunidad de Castilla y León, y se hace pública la convocatoria para 2010 (BOCYL de 18 de agosto de 2010). Texto completo.

ORDEN EYE/1172/2010, DE 10 DE AGOSTO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS, POR ENTES PÚBLICOS E INSTITUCIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO, PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL, EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, Y SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA PARA 2010

La lucha contra el desempleo y la mejora de la empleabilidad de aquellos trabajadores con mayores dificultades de inserción, son prioridades que siempre están presentes en las actuaciones de la Junta de Castilla y León en materia de empleo y, de una manera más intensa, en épocas de crisis como en la que nos encontramos actualmente.

Para conseguir un incremento de los niveles de contratación, la Administración regional debe impulsar la participación de todas aquellas unidades económicas creadoras del empleo y que contribuyen a la generación de riqueza.

En este ámbito, la unidad económica principal es la empresa, pero existen también otros entes que inciden sobre el empleo, a la vez que realizan una labor en beneficio de determinados colectivos, necesitados de ayuda, o en sectores específicos que son muy importantes para la sociedad como el de dependencia y servicios sociales, medioambiental o el cultural.

El ACUERDO de 6 de mayo de 2010, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban programas para estimular la creación y el mantenimiento del empleo y la protección de los trabajadores en el año 2010, establece una serie de medidas de carácter coyuntural para combatir los efectos más desfavorables de la crisis. Entre ellas se encuentran las dirigidas a la contratación por parte de Entes Públicos e Instituciones sin ánimo de lucro, para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Con las subvenciones reguladas en esta orden se pretende fomentar la contratación de trabajadores, en colaboración con Entes Públicos e Instituciones sin ánimo de lucro, en sectores relacionados con la dependencia y los servicios sociales, medio ambiente y cultura.

La Administración Regional financiará los costes en los que incurran los beneficiarios, por la contratación, durante un período no inferior a 6 meses, de trabajadores menores de 30 años o que hayan agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo, el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción (PRODI), su participación en Itinerarios Activos de Inserción (IAE) o la Renta Activa de Inserción (RAI).

Como el propio Acuerdo indica, se trata de ayudas coyunturales y extraordinarias, de aplicación inmediata, que no deben demorarse en el tiempo. Por esta razón, al amparo

CV: BOCYL-D-18082010-2

Boletín Oficial de Castilla y León

Núm. 159

Pág. 65199

Miércoles, 18 de agosto de 2010

de la habilitación prevista en el artículo 16.1. a) Vínculo a legislación de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, se aprueban en esta orden, tanto las Bases Reguladoras de las subvenciones, como su convocatoria para el año 2010, con el fin de acortar los plazos de tramitación administrativa y poner en marcha esta medida en el más breve espacio de tiempo posible.

La Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, establece en su artículo 4 Vínculo a legislación las funciones de este Organismo, señalándose en el apartado 2.a) que le corresponde la elaboración y gestión de los programas de inserción laboral y fomento del empleo.

Se incorporan las medidas establecidas en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León Vínculo a legislación.

Por último, indicar que las Bases Reguladoras y la convocatoria, incorporadas a la presente orden, se ajustan al contenido que establece la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León Vínculo a legislación.

Las subvenciones de esta Orden se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León.

En consecuencia, visto el ACUERDO de 6 de mayo de 2010, de la Junta de Castilla y León y oído el Consejo General de Empleo, a propuesta del Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, teniendo en cuenta las reglas establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Vínculo a legislación, en su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León Vínculo a legislación y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 de abril, de Creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León Vínculo a legislación y la Ley 3/2001, de 3 de julio Vínculo a legislación, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo Único.- Objeto de la Orden.

El objeto de la presente Orden es aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de personas desempleadas, por Entes Públicos e Instituciones sin ánimo de lucro, para la realización de obras y servicios de interés general y social en la Comunidad de Castilla y León, y hacer pública la convocatoria para el año 2010, que se incorporan a esta disposición como Anexos I y II respectivamente.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Primera.- Portal de administración electrónica.

Tanto el Modelo de Solicitud, como los Anexos a los que se hace referencia en esta disposición, se encuentran disponibles en el portal de Administración Electrónica de la página web de la Junta de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Segunda.- Instrucciones.

Se faculta al Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para el cumplimiento y efectividad de la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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