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Prisión preventiva indebida; por Xabier Etxebarria, abogado penalista y profesor asociado de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid

22/09/2025
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El día 21 de septiembre de 2025 se ha publicado, en el diario El País, un artículo de Xabier Etxebarria en el cual el autor opina que unas imágenes de mala calidad y unos informes médicos contradictorios son insuficientes para decretar la medida de prisión provisional.

PRISIÓN PREVENTIVA INDEBIDA

El pasado 27 de julio un juzgado de instrucción de Las Palmas, a petición de la Fiscalía, decretó prisión provisional para un joven magrebí por una supuesta tentativa de homicidio de una joven española tutelada por la comunidad autónoma con la que mantenía al parecer una relación de amistad. El 16 de septiembre se ha acordado su libertad provisional con medidas cautelares al confirmarse la hipótesis sostenida desde el inicio por la policía y los bomberos de que el incendio en el que resultó herida la joven fue fortuito, por lo que no es posible seguir imputando al joven un delito de tentativa de homicidio ni de lesiones intencionadas. La investigación de un posible delito imprudente sigue, por lo que se han tomado medidas para que, permaneciendo en libertad, no pueda salir de la isla ni sustraerse a la acción de la justicia.

La libertad ambulatoria de las personas es un derecho que requiere una máxima protección. Su sacrificio temporal ha de estar muy justificado y ser inevitable. Así lo exige el canon constitucional, el consenso internacional de derechos humanos y la configuración legal en nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal. La prisión provisional ha de ser excepcional, proporcional, inevitable, motivada y la mínima imprescindible. Además, ingresar a alguien en prisión no sólo le priva de su libertad sino que produce otros muchos daños y consecuencias añadidas, además de una notoria estigmatización.

A mi juicio, hay varias cuestiones preocupantes en este asunto. Primero, que se haya tardado casi dos meses en resolver unas dudas que habrían dado lugar a la liberación rápidamente. Quizás las fechas estivales no hayan ayudado. Desde el 31 de julio se conoce la versión exculpatoria de la menor y desde el 22 de agosto un extenso informe policial exculpatorio. Parece una conclusión clara que la administración de justicia no ha sido eficaz y diligente en la protección de la libertad.

En segundo lugar, a la vista de los elementos existentes y la hipótesis policial, la base indiciaria para imputar al joven era extraordinariamente dudosa. Se le manda a prisión porque no se puede descartar una determinada hipótesis; es precisamente la forma contraria a como debería operar el razonamiento para enviar a alguien a prisión. Los indicios deben indicar que la autoría es muy probable, no que no sea descartable.

Unas imágenes de mala calidad de las que no se puede inferir nada con certeza y unos informes médicos contradictorios y nada concluyentes no constituyen indicios suficientes para una medida cautelar como la prisión provisional. Llama la atención que se dé validez alguna al testimonio de una persona que muestra hostilidad manifiesta contra el propio joven y que en la llamada al 112 profiere amenazas y expresiones racistas.

En tercer lugar, los automatismos judiciales en la valoración del riesgo de fuga -en tantas ocasiones discriminatorios e inmotivados- parecen dar un resultado, involuntario e indeseado, de racismo y aporofobia institucional. La mera mención a la situación irregular, a la falta de familia y domicilio, sin más consideración ni elementos fácticos o razonamientos y motivaciones ajustadas al caso concreto, le permite afirmar una alta probabilidad de que el investigado se sustraiga a la acción de la justicia, sin el contraste debido.

Por otro lado, sin ningún razonamiento se afirma que cualquier medida alternativa a la prisión resultaría ineficaz. Resulta chocante a la vista de que ahora se acuerda su comparecencia semanal y medidas para evitar su salida de la isla por puertos y aeropuertos, lo cual también se podía haber hecho entonces. La situación de vulnerabilidad de un joven extranjero que apenas habla castellano para poder defenderse se vuelve en su contra. Su libertad no pesa lo suficiente en la balanza.

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