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TSJM

Ratificada la condena de seis años y medio de cárcel para un hombre que mató a su hermano tras un brote psicótico

11/08/2020
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la sentencia de seis años y medio de prisión para un hombre que mató a su hermano de una puñalada en el pecho el pasado 5 de agosto de 2018 tras sufrir un brote psicótico relacionado con el consumo de cannabis y padecer trastorno de personalidad.

MADRID, 10 Ago. (EUROPA PRESS) -

Con ello la Sala de Apelaciones del TSJM ratifica la condena emitida por la Audiencia Provincial el pasado febrero tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, si bien esta nueva resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

La representación del condenado había apelado a "error de apreciación" y "consideración" de los informes sobre trastorno de personalidad por el consumo de estupefacientes, lo que a su juicio merecía la eximente completa de la responsabilidad penal.

Para el TSJM "no existe tal error" porque la sentencia de la Audiencia Provincial ha valorado sendos informes psiquiátricos, coincidentes en la merma de sus facultades por dos elementos, estar afecto a un "trastorno mixto de la personalidad y ser consumidor de cannabis", por lo que en el momento de los hechos se encontraba bajo la influencia de un episodio psicótico.

"Muestra de que no había perdido completamente sus facultades mentales, es que realizó una manifestación incriminatoria a los funcionarios policiales sobre su comportamiento", ha desgranado el fallo judicial.

Además, ha añadido que resulta "bien graduada la intensidad de la disminución de sus facultades volitivas y cognitivas, porque la enfermedad mental como dijo otro experto que depuso en el juicio, implica un patrón de conducta pero no una baja psiquiátrica, siendo realmente la documentada ingesta de estupefacientes, lo que produjo el cuadro psicótico potenciado por su tortuosa personalidad".

La sentencia ahora ratificada consideró probado que el condenado se abalanzó contra su hermano de forma sorpresiva cuando estaban ambos en una vivienda familiar en la calle Embajadores y le asestó una puñalada mortal en el corazón sin posibilidad de reacción por parte de la víctima.

El fallo redujo a la mitad la pena planteada por la Fiscalía al apreciar que los hechos sucedieron durante un brote psicótico por consumo de cannabis aunque también valoraba el agravante de parentesco en el crimen.

Ese estado mental que devino en una "explosión homicida", según recogió la Audiencia Provincial, le impidió controlar sus capacidades mentales, que no estaban anuladas de forma completa como se desprende de las pruebas periciales aportadas.

Durante el juicio, el condenado por el crimen aseguró que no recordaba nada de lo ocurrido aunque los policías que intervinieron en el suceso manifestaron que los testigos de lo ocurrido dijeron que amenazaba tirarse por la ventana tras haber matado a su hermano.

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