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El Supremo anula el pago de dos millones impuesto por el Tribunal de Cuentas al exalcalde de Navalcarnero

04/07/2025
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El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia del Tribunal de Cuentas que condenó en 2020 al exalcalde de Navalcarnero al pago de dos millones de euros por el menoscabo causado a los fondos públicos por pagar obras no ejecutadas en el caso del polideportivo La Estación.

MADRID 3 Jul. (EUROPA PRESS) -

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se estiman los recursos de casación interpuestos por el Ministerio fiscal y el exregidor contra diferentes resoluciones dictadas por el Tribunal de Cuentas sobre este procedimiento, que ahora se anulan.

La nulidad se produce al analizar los magistrados la prescripción de la responsabilidad civil derivada del delito y concluir que el Tribunal de Cuentas no puede pronunciarse en ningún caso sobre la responsabilidad contable derivada de una conducta presuntamente delictiva mientras no exista una resolución penal firme, que declare si en efecto se trata de hechos constitutivos de delito.

De este modo, el Alto Tribunal ordena la retroacción de las actuaciones "al momento inmediatamente anterior al ser dictada nueva sentencia de instancia para que, una vez verificada la firmeza de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, resuelva a tenor de su pronunciamiento sobre la responsabilidad contable".

Sin embargo, el Supremo confirmó en 2023 la absolución del exalcalde de Navalcarnero de los delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos en relación a este caso, conocido como el caso del 'polideportivo fantasma'.

El Polideportivo de La Estación supuso uno de los grandes proyectos de Santos que nunca se materializó a pesar de que el Ayuntamiento pagó 10,5 millones de euros, casi la totalidad del 80% del importe total que le correspondía. El Ayuntamiento de la localidad ejerció en el caso la acusación particular a raíz de una denuncia que interpuso en 2013 cuando el PSOE estaba en la oposición.

PROCEDIMIENTO EN EL TRIBUNAL DE CUENTAS

El procedimiento de reintegro guarda relación con la construcción de un polideportivo en el barrio de la Estación del Ayuntamiento de Navalcarnero; la realización de obras en la Plaza de Toros por parte del adjudicatario Construcciones Edisan, S.A.; y por el pago de facturas que tuvo que afrontar el citado Ayuntamiento por la utilización de la Plaza de Toros que se había reservado contractualmente para espectáculos no lucrativos.

El Ayuntamiento de Navalcarnero presentó demanda de reintegro estimando los daños y perjuicios causados en los caudales o efectos públicos en 7.583.490,36 euros de principal, importe al que habría que añadir los intereses devengados.

En febrero de 2020, el Tribunal de Cuentas condenó al exalcalde y a un técnico municipal que aceptó realizar "voluntariamente" la certificación de pagos a las constructora por obras que no había acometido, algo que era "requisito imprescindible" para el menoscabo de los fondos municipales.

En concreto, el fallo aludía al caso de las obras del polideportivo cuando el Ayuntamiento firmó un contrato con una constructora valorado en 14,8 millones en 2006 para construir esta instalación deportiva. No obstante, en el 2008 las obras fueron suspendidas y dos años más tarde se firmó un acta de levantamiento de esta paralización, que derivó luego en dos certificaciones de la empresa por valor de 2,1 millones.

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