Diario del Derecho. Edición de 06/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/08/2019
 
 

AN

La Audiencia Nacional desestima el recurso contra el baremo de las bolsas de trabajo de À Punt

01/08/2019
Compartir: 

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por la Unió de Periodistes Valencians y la Asociación de la Prensa de Alicante contra el baremo de las bolsas de trabajo de À Punt al entender que "la proporción de puntos y la configuración de los puestos no impide que personas que no sean ex trabajadores (de RTVV) accedan a la Societat Anònima de Mitjans de Comunicació (SAMC, la sociedad que gestiona À Punt)".

VALENCIA, 31 (EUROPA PRESS)

Así se expone en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que la sala sí admite que existen "diferencias para acceder a la bolsa de empleo temporal entre los ex trabajadores de RTVV y los que no ha sido extrabajadores de RTVV en lo que se refiere a la experiencia profesional que pueden parecer desproporcionadas".

No obstante, la sentencia también considera que "la suma de puntos por esta vía tiene topes máximos que impide que pueda llegar a tener una ponderación mayoritaria".

Así, se considera que pese a que el baremo "da una ventaja a quienes pueden beneficiarse de esta valoración de méritos, esta valoración de la experiencia, no excluye por entero de la competición a quienes carecen de la misma, pese a que se les imponga a los aspirantes que no hubiera prestado servicios en la antigua RTVV, para situarse a igual nivel de puntuación que los ex trabajadores de RTVV, una mayor puntuación en el resto de los méritos de la convocatoria".

En este sentido, la sentencia cree que esta circunstancia no significa "el establecimiento de un obstáculo que impida el acceso al sector público valenciano de quienes no prestaron servicios anteriormente en la antigua RTVV".

De hecho, la Sala considera que "es cierto que de los profesionales de la SAMC que realizan funciones periodísticas en las diferentes categorías, la mayoría de periodistas provienen de RTVV, ya que de un total del 100% de contratos, el 71,17% son ex RTVV y el 28,83% no ex RTVV".

Sin embargo, mantienen que "este dato no es relevante porque habría que tener en cuenta otros parámetros, tales como el número de trabajadores presentados provenientes y no provenientes de RTVV, así como la puntuación de cada uno de ellos asignada a cada uno de los méritos".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Reitera el Supremo que el control judicial de los acuerdos de denegación de indulto se encuentra limitado a si se han solicitado los informes que la Ley establece como preceptivos
  2. Actualidad: El Gobierno concede la nacionalidad española a 171 descendientes de miembros de las Brigadas Internacionales
  3. Estudios y Comentarios: La centralidad de la Constitución; por Gonzalo Rubio Hernández-Sampelayo, Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense
  4. Tribunal Supremo: La empresa está obligada a acreditar que el trabajador cumple los requisitos exigidos en el Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, y sus tripulantes de cabina de pasajeros, para su progresión profesional
  5. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  6. Actualidad: Seis meses de inhabilitación a un guardia civil por guardarse una denuncia contra agentes por robos en Córdoba
  7. Actualidad: El ICAM remarca que "sin secreto profesional no hay justicia"
  8. Legislación: Modificación el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades de turismo activo
  9. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  10. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana